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Inscripción en el registro permanente de solicitantes de vivienda

Información

Descripción

Esta solicitud tiene como objetivo favorecer el acceso a una vivienda digna, adecuada y asequible a las personas con rentas menores.

Para acceder a una vivienda de protección pública en régimen de arrendamiento gestionada por el Ayuntamiento de Madrid a través de la EMVS, el primer paso es la inscripción en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda.

Las personas interesadas deberán cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento para la Adjudicación de las Viviendas Gestionadas por la EMVS, aprobado en sesión plenaria de 20 de diciembre de 2018 (publicado en el BOCM, el 4 de enero de 2019, en vigor desde el 5 de enero de 2019) y modificado  mediante Reglamento 1/2021, de 26 de enero (BOCM número 38, de 15 de febrero),

El procedimiento de adjudicación se dirigirá a satisfacer en cada momento la necesidad de vivienda de la población madrileña de acuerdo con las circunstancias personales, familiares, sociales, económicas y de otra índole.

Con esta finalidad se establecen los siguientes Grupos de Demanda:

  • Personas en situación de vulnerabilidad residencial
  • Menores de 35 años
  • Mayores de 65 años
  • Familias monoparentales
  • Familias numerosas
  • Personas con discapacidad
  • Victimas (directas o indirectas) de violencia de género, trata y/o explotación sexual.
  • Demanda general
  • Personas en extrema exclusión residencial

¿A quién va dirigido?

Demandantes de vivienda de protección pública en régimen de alquiler que acrediten vinculación con el municipio de Madrid.

Requisitos

Requisitos

Con carácter general deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener unos ingresos inferiores o iguales a 3,5 veces el IPREM, de acuerdo con el tamaño de la unidad familiar
  • No ser titular del pleno dominio o de un derecho de uso o disfrute sobre otra vivienda
  • Residir y/o trabajar en el municipio de Madrid
  • No ser arrendatario o arrendataria de una vivienda de propiedad o de gestión pública

No obstante, puede consultar los requisitos específicos que están recogidos en el Reglamento para la adjudicación de viviendas, disponible en https://www.emvs.es/Transparencia/IIO/Normativa/Paginas/nLocal.aspx.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace a la página web de la EMVS disponible en "Tramitar en línea".  
  • Presencialmente: entregando la solicitud y la documentación necesaria, en las oficinas de la EMVS, C/ Palos de la Frontera 13, en horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horasTambién podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si opta por entregar la solicitud presencialmente, deberá rellenar el formulario de atención personalizada disponible en "Tramitar. Presencial".

Documentación

Documentación

Con carácter general:

  • DNI/NIE/Certificado de registro de ciudadano de la UE, por exigencia de la Comunidad de Madrid para el visado de contrato (solo en caso de no autorizarnos a consultar sus datos)
  • Libro de familia o, en su defecto, certificado de matrimonio y/o certificado de nacimiento, según proceda

Según circunstancias:

  • Persona separada o divorciada:
    • Testimonio judicial de sentencia firme de separación o divorcio
    • Testimonio judicial del convenio regulador (si procede).
  • Familia monoparental (menores en la solicitud con un único progenitor):
    • Testimonio judicial de sentencia firme de ostentar la guarda y custodia de hijos menores. 
  • Familia numerosa:
    • Título acreditativo de familia numerosa en vigor (solo en el caso de no autorizarnos a consultar tus datos).
  • Si no acredita 1 año de residencia en el municipio de Madrid:
    • Certificado de vida laboral actual
    • Certificado de empresa que acredite la antigüedad, domicilio y código postal del centro de trabajo (trabajador por cuenta ajena)
    • Declaración censal y domicilio de la actividad (trabajador por cuenta propia)
    • Nombramiento como personal funcionario en Administración Pública que acredita antigüedad y domicilio del centro de trabajo (funcionario público)
  • Movilidad reducida:
    • Certificado de necesidad de vivienda adaptada.
  • Discapacidad:
    • Certificado acreditativo del grado de discapacidad superior al 33% y/o con grado III de Gran Dependencia.

Según circunstancias del Anexo 1

  • Tipo de Alojamiento:
    • Alojamiento institucional (recurso temporal): Certificado del alojamiento institucional en el que reside.
    • En la calle o albergue de forma ocasional: Informe Social o Informe de SAMUR SOCIAL que acredite la situación de calle o albergue ocasional.
  • Situación de la vivienda:
    • Tiene título sobre la vivienda con un contrato de alquiler a su nombre: Contrato de arrendamiento.
  • Situación de riesgo de perder la vivienda:
    • Por notificación legal de abandono de vivienda: Notificación legal de abandono, comunicada por escrito la fecha de abandono de la vivienda.
    • Por procedimiento de desahucio vigente: Documento judicial de desahucio en vigor por impago de renta o ejecución hipotecaria contra el solicitante o  persona de la unidad familiar.
    • Por una situación de violencia en el domicilio: Denuncias, informes sociales, médicos, que acrediten violencia en el domicilio.

Más Información

Información complementaria

Vigencia: las inscripciones válidamente formalizadas tendrán una vigencia de 4 años a partir de la fecha en la que se produzca el alta en el RPSV, debiendo manifestar, antes de finalizar el plazo, su interés en continuar inscrito.

Modificación de datos: las personas inscritas en el RPSV están obligadas a mantener actualizada la información que figura en su inscripción hasta la fecha de formalización del contrato de arrendamiento. La modificación de los datos contenidos en la solicitud deberá ser comunicada fehacientemente a la EMVS.

Notificaciones: por tratarse de un procedimiento selectivo de concurrencia competitiva, la publicación surtirá los mismos efectos que la notificación. Durante la tramitación de los expedientes, dicha publicación se realizará en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid. Las comunicaciones a través de correo electrónico y/o SMS tendrán únicamente carácter informativo.

Entidad Gestora

Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid

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