Derecho de tanteo y retracto de la Empresa Municipal de la Vivienda (EMVS) en la venta de una vivienda protegida
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Descripción
Los propietarios de un piso protegido en la ciudad de Madrid, adjudicado por la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo, pueden vender su inmueble. Pero con condiciones si no han pasado diez años desde la fecha de compra, porque han de tener en cuenta que la EMVS tiene un derecho de tanteo y retracto sobre esa casa. Lo primero que tienen que hacer los propietarios es solicitar una autorización a la Comunidad de Madrid para poder vender la vivienda. Y después pedir a la propia EMVS su renuncia al derecho de tanteo y retracto si la empresa pública no está interesada en recomprar la vivienda.
Si la EMVS no quiere recuperar la casa, el vendedor puede comercializar el inmueble, pero está obligado a desembolsar el 20% del precio de la transmisión a la EMVS de acuerdo con el dictamen del Consejo de Administración de la EMVS fechado el 13 de junio de 2017 que estipula el límite de 10 años y la exigencia del 20%.
¿A quién va dirigido?
A todas las personas que compraron un piso protegido de la EMVS y quieran venderlo. Hayan pasado o no diez años deben comunicarlo a la empresa pública. Si no han pasado diez años porque la EMVS tiene derecho al tanteo y retracto. Y si han pasado más de diez años para comunicarles que ha vencido ese derecho.