1. Certificado final de las obras suscrito por la dirección facultativa y, cuando reglamentariamente así se exija, visado por el colegio oficial correspondiente, o, en su caso, por la oficina de supervisión de proyectos de la Administración competente. En el certificado deberá constar la completa adecuación de las obras a las condiciones urbanísticas, ambientales, de seguridad y de accesibilidad establecidas en la licencia.
De haberse introducido modificaciones durante el curso de ejecución de los trabajos se justificará que las mismas no desvirtúan ni alteran las condiciones urbanísticas, de seguridad y medioambientales establecidas en la licencia.
Dichas variaciones, para conocimiento municipal, serán descritas y adjuntada la documentación gráfica necesaria para su valoración e incorporación al presente expediente de declaración responsable.
2. Abono de la tasa correspondiente a los actos de comprobación de obras y actividades en función de los metros cuadrados y uso a inspeccionar a posteriori.
3. En aquellos casos en que resulte exigible por la normativa específica:
3.a) Declaración de haber presentado el Plan de Autoprotección ante el órgano competente.
3.b) Contrato de mantenimiento de las instalaciones de seguridad contra incendios.
3.c) Declaración del coste real y efectivo de la actuación terminada, acompañada de los documentos que se consideren oportunos a los efectos de acreditar el expresado coste y, en su caso, acreditación del pago del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
3.d) Para actividades sometidas a la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, la documentación indicada en los apartados anteriores deberá ser complementada con la establecida por dicha ley y sus normas de desarrollo.
3.e) Libro del edificio, según dispone la Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999) y la Ley 2/1999, de la Calidad de la Edificación de la Comunidad de Madrid.
3.f) Documento acreditativo de haber presentado la declaración de alteración catastral. (modelo 900-D o el que corresponda en función del régimen de obras acometido).
3.g) Acreditación, en caso de viviendas con algún régimen de protección oficial, de haber solicitado la calificación definitiva de viviendas de protección pública ante el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
3.h) Declaración de haber formalizado la cesión en caso de parcelas afectadas por suelo destinado a viales o espacios libres públicos, así como de su efectiva urbanización.
3.i) Resto de documentación que deba ser objeto de control municipal previo a la primera ocupación y funcionamiento cuando así lo establezca una regulación específica. (Licencia de Acometida al Alcantarillado o en su defecto Informe de Idoneidad del Canal de Isabel II; Licencia para la construcción del Paso de Vehículos; Certificado de Eficiencia Energética; Certificación del efectivo cumplimiento de las condiciones acústicas y medio ambientales reguladas por la Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad, General de Protección del Medio Ambiente Urbano y la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica;…)
4. Levantamiento topográfico con la presentación de plano “as built” al estado final de la obra ejecutada realizado por un técnico competente, que acredite el cumplimiento de las prescripciones técnicas para la elaboración de levantamientos topográficos a escala 1/1000 o de mayor detalle, de conformidad con la cartografía básica topográfica del Ayuntamiento de Madrid que puede consultarse en el portal institucional del Ayuntamiento, y declaración firmada por técnico competente del levantamiento topográfico (modelo de declaración disponible en el apartado de Información Relacionada)
Solo para actuaciones resultantes de obras de nueva edificación conforme el art. 1.4.10 NNUU del PGOUM, así como todas aquellas que alteren la envolvente de la edificación del art. 1.4.8. de las citadas NNUU.
Se adjunta enlace de la Web municipal con las características que ha de cumplir el documento topográfico y otra información de interés.
5. Documentación requerida en los informes sectoriales emitidos y prescrita en la licencia urbanística, que deban ser aportados con carácter previo al inicio de la puesta en uso de la edificación/actividad.