Tramitación en línea de la Renovación Anual
La tramitación en línea de la Renovación Anual se realiza a través del enlace de 'Renovación Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)' disponible en el apartado de 'Tramitar en línea'.
Los pasos para realizar la renovación en línea son los siguientes:
- En la pantalla de Consulta y gestión de autorizaciones introduzca su número de identificación personal (DNI, NIE), la matrícula del vehículo y el código de la autorización (RES-XXXXXX, si el código tiene menos de seis dígitos, completar con ceros).
- Si los datos introducidos son correctos, se abrirá la pantalla de Detalle de autorización SER. En ella aparecerán los datos de la autorización que va a renovar, figurando en el estado que está 'pendiente de pago'.
- Para realizar el pago de la renovación, seleccione en el apartado de Acciones de Autorización pendiente de pago la opción de Pagar ahora con tarjeta, con la que conectará a la pasarela de pagos de la entidad bancaria para realizar el pago en línea.
- Dentro de la pasarela de pagos de la entidad bancaria, una vez haya realizado el pago correctamente, pulse el botón de Continuar que aparece en la parte inferior de la pantalla, y se abrirá otra pantalla con el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.
- En la pantalla donde aparece el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid pulse el botón de Terminar, con el que se activará la autorización.
Asimismo, recibirá una comunicación por correo electrónico de que su autorización ha sido activada. Mientras la autorización no esté activada, no podrá estacionar.
Si no recibe el correo electrónico comunicando la activación de la autorización, puede consultar si ha sido activada identificándose con el código de la autorización (RES-XXXXXX) a través de los siguientes canales:
- En línea: en la opción de Consulta y gestión de autorizaciones.
- Por teléfono: llamando al teléfono 010-Línea Madrid (marcando 010 desde nuestra ciudad o bien 914 800 010).
Tramitación en línea del alta de autorización anual
La tramitación en línea del alta de la autorización anual se realiza a través del enlace de 'Alta nueva autorización del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)' del apartado 'Tramitar en línea'.
Los pasos para realizar el alta de la autorización en línea son los siguientes:
- En la pantalla de Alta de autorización de vehículo para residentes introduzca su número de identificación personal (DNI, NIE) y la matrícula del vehículo.
- Si los datos introducidos son correctos, se abrirá un formulario que tendrá que completar introduciendo el correo electrónico y el periodo de tiempo para el que solicita la autorización.
- Al pulsar el botón de Confirmar, se abrirá la pantalla de Detalle de autorización del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). En ella aparecerán los datos de la autorización que va a dar de alta, entre los cuales figura el código de la autorización (RES-XXXXXX) que necesitará para cualquier consulta o trámite posterior que desee realizar a través de Internet o del teléfono 010-Línea Madrid.
- Para realizar el pago de la autorización, seleccione en el apartado de Acciones de Autorización pendiente de pago la opción de Pagar ahora con tarjeta, con la que conectará a la pasarela de pagos de la entidad bancaria para realizar el pago en línea.
- Dentro de la pasarela de pagos de la entidad bancaria, una vez haya realizado el pago correctamente, pulse el botón de Continuar que aparece en la parte inferior de la pantalla, y se abrirá otra pantalla con el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.
- En la pantalla donde aparece el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid pulse el botón de Terminar, con el que se activará la autorización.
Asimismo, recibirá una comunicación por correo electrónico de que su autorización ha sido activada. Mientras la autorización no esté activada, no podrá estacionar.
Si no recibe el correo electrónico comunicando la activación de la autorización, puede consultar si ha sido activada identificándose con el código de la autorización (RES-XXXXXX) a través de los siguientes canales:
- En línea: En la opción de Consulta y gestión de autorizaciones.
- Por teléfono: Llamando al teléfono 010-Línea Madrid (marcando 010 desde nuestra ciudad o bien 914 800 010).
Tramitación en línea de la renovación mensual
La tramitación en línea de la renovación mensual se realiza a través del enlace de 'Renovación mensual del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)' disponible en el apartado de 'Tramitar en línea'.
Los pasos para realizar la renovación en línea son los siguientes:
- En la pantalla de Consulta y gestión de autorizaciones introduzca su número de identificación personal (DNI, NIE), la matrícula del vehículo y el código de la autorización (RES-XXXXXX, si el código tiene menos de seis dígitos, completar con ceros).
- Si los datos introducidos son correctos, se abrirá la pantalla de Detalle de autorización SER. En ella aparecerán los datos de la autorización que va a renovar, figurando en el estado que está 'pendiente de pago'.
- Para realizar el pago de la renovación, seleccione en el apartado de Acciones de Autorización pendiente de pago la opción de Pagar ahora con tarjeta, con la que conectará a la pasarela de pagos de la entidad bancaria para realizar el pago en línea.
- Dentro de la pasarela de pagos de la entidad bancaria, una vez haya realizado el pago correctamente, pulse el botón de Continuar que aparece en la parte inferior de la pantalla, y se abrirá otra pantalla con el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.
- En la pantalla donde aparece el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid pulse el botón de Terminar, con el que se activará la autorización.
Asimismo, recibirá una comunicación por correo electrónico de que su autorización ha sido activada. Mientras la autorización no esté activada, no podrá estacionar.
Si no recibe el correo electrónico comunicando la activación de la autorización, puede consultar si ha sido activada identificándose con el código de la autorización (RES-XXXXXX) a través de los siguientes canales:
- En línea: en la opción de Consulta y gestión de autorizaciones.
- Por teléfono: llamando al teléfono 010-Línea Madrid (marcando 010 desde nuestra ciudad o bien 914 800 010).
Autorización de vehículo adicional
Se otorga una única autorización por residente y vehículo. Si el residente desea solicitar una autorización para un vehículo adicional, tendrá que vincularlo a su cónyuge o pareja de hecho inscrita en el correspondiente Registro de Parejas de Hecho, o a un pariente en primer grado de consanguineidad (ascendientes o descendientes del titular de la autorización), siempre y cuando esté empadronado en el mismo domicilio, tenga permiso de conducción y no tenga autorización propia de residente.
Aunque la autorización del vehículo adicional se vincule a un familiar, el titular de la autorización es el residente, no el familiar, y el régimen aplicable es el mismo que el del vehículo principal. La tasa a abonar es la misma, y la autorización habilita para estacionar dentro del barrio sin límite de tiempo en las plazas verdes y en horario de 20.00 a 21.00 horas en las plazas azules. En la vía delimitadora de un barrio con otro, se permite estacionar en ambas aceras.
Incompatibilidad con titularidad de plaza de aparcamiento de residentes (PAR)
El cesionario o titular del derecho de uso de una plaza de aparcamiento de residentes (PAR) no puede obtener una autorización de residente si la plaza está ubicada en el mismo barrio del Área SER para el que se solicita la autorización.
Están excepcionados de esta incompatibilidad los siguientes supuestos:
- Tener cumplidos setenta años de edad en el momento de la solicitud de la autorización de residente.
- Disponer de más de un vehículo a motor en cuyo caso, el residente tiene que designar cual de ellos queda vinculado a la plaza PAR, pudiendo obtener la autorización para los otros vehículos como autorización de vehículo adicional (vinculando cada autorización a un familiar que cumpla los requisitos exigidos).
Cambio de barrio o vehículo de la autorización
El residente debe solicitar el cambio de barrio de la autorización, mediante actualización de la autorización, cuando cambie su domicilio de empadronamiento sin necesidad de abonar una nueva tasa. Si no se gestiona la solicitud, se hará automáticamente (de oficio) en el plazo de 15 días naturales, remitiéndole una comunicación a su correo electrónico (si lo ha facilitado) informándole de cuándo se va a proceder a dicho cambio.
También puede solicitar el cambio del vehículo actualizando la autorización, sin necesidad de abonar una nueva tasa.
Uno de los trámites que es posible realizar en línea es el de recuperación del vehículo original tras el alta de un vehículo de sustitución. (En el siguiente enlace: Colsulta y gestión de autorizaciones del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), mediante su RES-XXXXXX y la matrícula actual)
Cambio de titular de vehículo a nombre del heredero por fallecimiento del titular de la autorización
- En el caso de heredero de vehículo por fallecimiento del titular de una autorización SER se realizará un cambio de titular de la autorización SER para el periodo que se encuentre abonado, siempre cuando cumpla los requisitos y aporte la documentación exigida.
Vehículo cero emisiones
Los vehículos cero emisiones estan excluidos de la limitación de estacionamiento, por lo tanto pueden estacionar el el (SER) sin necesidad de autorización.
Vehículo con matrícula extranjera
En el caso del vehículo con matrícula extranjera, la autorización de residente sólo se puede solicitar por un plazo máximo de seis meses, salvo que el residente acredite la exención de la obligación de matriculación del vehículo en España.
Vehículos de sustitución
Las autorizaciones de vehículos de sustitución tendrán una duración máxima de 2 meses desde el día de su concesión, prorrogables previa solicitud expresa y justificada de que se mantiene la situación que determinó la sustitución del vehículo.
Dicha solicitud deberá realizarse, en la Oficina de Gestión de Autorizaciones del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), sito en la calle Bustamante, 16, planta baja. Únicamente en este supuesto, no es necesario solicitar cita previa.
En caso de no realizarse esta solicitud expresa, pasado este periodo de 2 meses se creará en la autorización una irregularidad que se comunicará al titular de la autorización para que, en un plazo de 15 días, cambie la autorización al vehículo original o solicite la prórroga de la autorización para el vehículo de sustitución. Transcurridos esos 15 días sin realizar ninguna acción se dará de baja la autorización del vehículo de sustitución, realizándose automáticamente el cambio de la autorización al vehículo original.