Subvenciones para la realización de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global 2024
Información
Descripción
El Ayuntamiento de Madrid, publica en el BOAM nº 9557, de 25 de enero de 2024, la convocatoria pública de subvenciones 2024 para la realización de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global.
La convocatoria se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva.
Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tienen por objeto la cofinanciación de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global que contribuyan a promover en la ciudadanía madrileña la información, el conocimiento crítico y la comprensión de las dimensiones globales del desarrollo sostenible, la justicia y la solidaridad.
Los proyectos contribuirán a los siguientes ámbitos estratégicos y líneas de acción del Marco estratégico:
a) Preservar nuestro planeta:
1.º Reducir el impacto ambiental en ciudades. Especial atención a la mitigación del cambio climático, la adaptación a él, la reducción de sus efectos y la alerta temprana.
2.º Reducir la generación de desechos mediante la prevención, reducción, reciclado y reutilización. Se incluye de forma específica la reducción del desperdicio de alimentos, así como la promoción de un consumo sostenible.
b) Construir la paz:
1.º Poner fin a todas las formas de discriminación, bien sea por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, discapacidad u otra condición o circunstancia personal o social.
2.º Eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, así como contra otros colectivos vulnerables.
3.º Asegurar la participación plena de la mujer e igualdad de oportunidades.
4.º Promoción de la inclusión social, política y económica de todas las personas.
c) Lograr una prosperidad compartida:
1.º Reconocer el trabajo de cuidados y doméstico.
d) Las personas en el centro:
1º Fomentar la educación global para el desarrollo sostenible.
Se puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación"
¿A quién va dirigido?
A entidades o agrupaciones que tengan como fines institucionales la realización de actividades de sensibilización y educación para el desarrollo
Requisitos
Requisitos
Para participar en la presente convocatoria, las entidades o agrupaciones de entidades, deberán cumplir a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas en España, tener personalidad jurídica y capacidad de obrar.
b) Tener como personalidad jurídica la forma de Asociación, Fundación o Federación de asociaciones.
c) Carecer de ánimo de lucro.
d) Tener como fines institucionales la realización de actividades en materia de sensibilización y educación para el desarrollo sostenible.
e) Estar debidamente inscritas en el Registro nacional o autonómico de Asociaciones o Fundaciones, con al menos 2 años de anterioridad a la publicación de esta convocatoria.
f) Disponer de sede abierta en el municipio de Madrid, dotada de personal permanente de la entidad, ya sea contratado o voluntario, en la que se desarrolle de forma habitual la actividad de gestión de proyectos.
g) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, según la memoria de la entidad y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
h) No estar incursa en ninguna de las circunstancias que se establecen en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS.
Agrupación de entidades:
Conforme a lo previsto en el artículo 11.3 de la LGS, podrán acceder a la condición de beneficiarias las agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro y universidades que cumplan los siguientes requisitos:
a) En ese caso, al menos, una de las entidades de la agrupación deberá cumplir todos los requisitos exigidos en el art. 4.1 de la presente convocatoria. Se nombrará a un representante o persona apoderada única de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones, que corresponden a la agrupación, el cual debe ser miembro de alguna de estas entidades.
b) Los restantes miembros de la agrupación deberán reunir por sí mismos, al menos, los requisitos exigidos en esta convocatoria para su concurrencia en los apartados a), c) y h) del artículo 4.1.
c) Los miembros de la agrupación tendrán el compromiso de suscribir, en caso de que su solicitud sea aprobada, un escrito de compromiso para la realización conjunta de la actividad subvencionada. En dicho documento constarán, entre otras estipulaciones, la voluntad de las partes de concurrir conjuntamente a la convocatoria, la identificación de la persona que ostente la representación legal única a la que se refiere el apartado a), los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, la cuantía de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, la aportación de cada uno de ellos al proyecto subvencionado, el coste total del mismo y las actividades que realizará cada una de ellos, así como el compromiso para mantener la unión temporal hasta que se cumpla el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS. Este documento estará firmado por la persona que ostente la representación legal de cada una de las entidades que componen la agrupación.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
El plazo:
Desde el viernes 26 de enero a las 12h hasta el lunes 26 de febrero a las 12h (ampliación de un día más al ser el domingo 25 de febrero día inhábil)
El plazo para la presentación de las solicitudes será de treinta días naturales contados a partir de las 12.00 horas (hora peninsular española) del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El límite para grabar y registrar la solicitud en la aplicación informática serán las 12.00 horas (hora peninsular española) del último día de plazo. A esa hora se cerrará la aplicación informática. Las solicitudes recibidas fuera de este plazo no serán tenidas en cuenta.
Documentación
Documentación
Disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico). Acceso al formulario. Seleccione el trámite que desea realizar.
La solicitud de subvención se compone de los siguientes documentos, los cuales son de obligada cumplimentación:
Solicitud de subvención, individual o agrupada en su caso
Anexo 1: Datos valorables de la entidad solicitante
Anexo 2: Datos generales del proyecto
Anexo 3: Datos valorables del proyecto
Anexo 4: Planificación del proyecto
Anexo 5: Presupuesto del proyecto por partidas, subpartidas y actividades
Anexo 6: Si se imputan al proyecto costes indirectos, estudio económico firmado por el responsable de la entidad que justifique el porcentaje de costes indirectos imputados
La entidad solicitante cumplimentará cada apartado de los Anexos. Cualquier modificación del formato de los anexos: 1 Datos valorables de la entidad solicitante, 2 Datos generales del proyecto y 3 Datos valorables del proyecto invalidará los mismos, lo que supondrá de forma automática que no serán tenidos en consideración.
En los anexos: 4. Planificación del proyecto y 5. Presupuesto del proyecto por partidas, subpartidas y actividades se podrá incluir cuantas filas y columnas se precisen.
Los anexos: 2. Datos generales del proyecto y 5 Presupuesto del proyecto por partidas, subpartidas y actividades tendrán que presentarse siempre en formato compatible con xls; y el anexo 4: Planificación del proyecto podrá presentarse en formato .pdf o .doc
Las entidades solicitantes podrán presentar documentación complementaria que consideren necesaria para la valoración del proyecto. Esta documentación no será valorada cuando tenga como único objeto ampliar la descripción ya prevista en los apartados ya incluidos en los formularios. Para ello, podrán presentar un máximo de 13 archivos, incluidos los obligatorios de la convocatoria, con un peso máximo de 15 MB. Dichos documentos estarán numerados e identificados incorporando en su título de forma abreviada el nombre de la entidad y el contenido del mismo. No se admitirán ni se valorarán en ningún caso archivos comprimidos (como, por ejemplo, formatos .zip, .rar o similares) que incluyan varios documentos.
Más Información
Tramitación
- Fase 4 Resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones 2024. (23/12/2024-22/01/2025)
Más información: Resolución definitiva
- Fase 3 Propuesta de resolución provisional de la convocatoria (18/07/2024). Plazo 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación.
Más información: Propuesta de resolución provisional.
- Fase 2 Subsanación de Solicitudes (10 días hábiles a partir del día siguiente a la recepción de la notificación):
Más información: Nota relativa a la subsanación de solicitudes
- Fase 1 convocatoria (26/01/2024-26/02/2024):
Decreto de 28 de diciembre de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2024 para la realización de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global. BOAM nº 9557
Fundamento legal
- LEY - - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I a III del título I. Artículos 22-34.
- REAL DECRETO - - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del Título I. Artículos 55-66.
- ORDENANZA - - Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Capítulo III. Artículos 23-30 y capítulo X.
Entidad Gestora
D.G. de Inclusión Social - S.G. Cooperación al Desarrollo