- Con carácter general se podrá solicitar un proceso de mediación cuando, al menos una de las partes tenga su domicilio o domicilio social en el municipio de Madrid, el motivo de la controversia se haya originado en el término municipal y la mediación se realice en territorio del municipio.
- Los entornos de la mediación policial estarán referidos a controversias entre personas físicas o jurídicas cuando:
- sean de carácter privado o civil
- sucedan entre vecinos o en una comunidad vecinal
- implique a algún miembro de la comunidad educativa (docentes, familias, alumnado, AMPA)
- ocupación y uso del espacio público, siempre que su origen no derive de conductas masivas. provocadas por fenómenos como el consumo de alcohol en la vía pública o el consumo de sustancias estupefacientes.
- estén relacionados con la diversidad cultural y sociedad diversa
3. Causas excluidas de la mediación.
- Los conflictos judicializados, excepto cuando se trate de un proceso judicial civil y las partes, de manera voluntaria y de común acuerdo, soliciten la suspensión del proceso de conformidad con lo dispuesto en la legislación procesal.
- La mediación laboral.
- La mediación familiar.
- La mediación en materia de consumo.
- La mediación con las administraciones públicas.
- La mediación en accidentes de tráfico.
- Los casos de reclamación de una cuantía económica.
- Los conflictos que hayan sido sometidos con anterioridad a un proceso de mediación, tanto interno como externo, en los últimos doce meses.
- Aquellas materias en las que el Ayuntamiento de Madrid disponga de un servicio especializado de mediación propio.
4. Recibida una solicitud de mediación, el órgano de gestión lo pondrá en conocimiento de la otra o las otras partes, otorgándoles un plazo de 10 días para que manifiesten si aceptan o no participar. En el caso de que acepten la invitación para participar en el proceso de mediación, se notificará a la persona requirente.
La falta de contestación en el plazo referido de 10 días o la contestación negativa por cualquiera de las otras partes determinará el rechazo de la solicitud de mediación y el órgano de gestión lo notificará a la parte solicitante.