Subvenciones de apoyo al funcionamiento de los sectores comercial, hostelero y hotelero 2024
Información
Descripción
Convocatoria de subvenciones para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hostelero y hotelero correspondiente al año 2024.
Gastos subvencionables:
Se considerarán subvencionables aquellos gastos correspondientes al año 2023 realizados por las entidades incluidas en el ámbito de esta convocatoria, relacionados con los siguientes campos:
a) Alquiler a precios de mercado de locales expresamente destinados a la gestión ordinaria y habitual de la entidad solicitante.
b) Cuotas periódicas de comunidades de propietarios, en el supuesto de que la entidad solicitante sea propietaria del inmueble en que se desarrolle su actividad asociativa ordinaria y habitual.
c) Contratación de personal a precios de mercado para el desempeño de funciones de dirección, gerencia y administración u otras actividades propias de la entidad solicitante.
d) Contratación de servicios externos de dirección o gerencia.
Cuantía máxima de la ayuda:
La cuantía máxima de las ayudas será del 75 por ciento de los gastos subvencionables aportados por la entidad beneficiaria con los límites máximos que se fijan a continuación en función de la representatividad que ostente, tomando como referencia el número de asociados que dispongan de, al menos, un establecimiento físico en el municipio de Madrid:
a) Para las entidades asociativas de carácter territorial:
1.º Entre 11 a 50 asociados: 20.000,00 euros
2.º Entre 51 a 149 asociados: 30.000,00 euros
3.º Entre 150 a 999 asociados: 40.000,00 euros
4.º 1.000 o más asociados: 100.000,00 euros
b) Para el resto de las entidades asociativas:
1.º Entre 51 a 149 asociados: 30.000,00 euros
2.º Entre 150 a 999 asociados: 40.000,00 euros
3.º 1.000 o más asociados: 100.000,00 euros”
¿A quién va dirigido?
Entidades asociativas sin ánimo de lucro, ya sea bajo la figura de asociación, federación, confederación o unión de asociaciones, con sede social o delegación en el término municipal de Madrid, constituidas mayoritariamente por empresarios del sector comercial, hostelero y hotelero, que desarrollen el proyecto para el que se solicita subvención dentro del ámbito territorial del municipio de Madrid. Asimismo, las entidades asociativas, para ser beneficiarias de estas ayudas, deberán ostentar una representatividad mínima que se medirá en atención al número de asociados con que cuente la entidad, ya sea de forma directa, como en el caso de asociaciones, o bien de forma indirecta, como en el supuesto de las federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones. A estos efectos, dependiendo de su carácter territorial o no, deberán reunir la siguiente representatividad mínima:
a) Entidades asociativas de carácter territorial, entendiéndose por tales aquellas que representan asociados de uno o varios sectores de actividad, cuyo ámbito es inferior al municipio de Madrid: integrar un mínimo de 11 asociados debiendo contar, cada uno de ellos, con al menos un establecimiento físico ubicado en el término municipal de Madrid.
b) El resto de las entidades asociativas: integrar un mínimo de 51 asociados debiendo contar, cada uno de ellos, con al menos un establecimiento físico ubicado en el término municipal de Madrid.
Plazo
04/05/2024 - 23/05/2024