El trámite puede realizarse
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Presencialmente en:
- Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid.
- Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y en todas aquellas oficinas de registro establecidas por las disposiciones vigentes. También podrán remitirse a través de las oficinas de Correos y mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas físicas pueden presentar sus solicitudes de forma electrónica. Los profesionales que requieren colegiación y las personas jurídicas y sus representantes están obligados a la presentación exclusivamente electrónica.
Plazo: 20 días naturales desde la práctica de la notificación de la denuncia.