Alumbrado Público. Solicitud de homologación
Información
Descripción
Los servicios municipales, previo estudio, emitirán informe favorable para conceder la homologación en base a las características del elemento del alumbrado público, su adaptación al pliego de condiciones técnicas generales y a la normalización de elementos constructivos.
La homologación de los nuevos elementos se concederá por un máximo de cinco años.
Las prórrogas se concederán por un plazo máximo de cinco años, siempre que el elemento no haya sufrido modificación alguna y cumpla con la normativa vigente, previa petición del interesado mediante impreso de Instancia General y con antelación de 3 meses a la caducidad del plazo de homologación.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
- Presencialmente en las oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Documentación
Documentación
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Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
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Memoria descriptiva de los elementos, con detalle de los datos constructivos de materiales empleados, tratamientos, acabados, detalles de instalación o explotación, etc.
- Planos a escala conveniente de planta, alzado y perspectivas de los elementos, doblados a tamaño A4.
- Fotografías impresas tomadas con perspectiva así como en soporte digital en tamaño mínimo de 10x10 cm. y una resolución de 250 ppp en alguno de los formatos tipo JPEG, TIFF, BMP, etc. En este caso sólo es necesario una unidad de CD.
- Explicación pormenorizada de los elementos: forma de instalación, explotación, conservación, reposición y reparación.
- Certificado ISO 9001 del fabricante del elemento (copia).
- Certificado ISO 14001, EMAS u otro que acredite que el fabricante se encuentra adherido a un sistema de gestión integral de residuos (copia).
- Certificados de entidades acreditadas por ENAC o su equivalente europea, que garanticen el cumplimiento de las características exigidas al elemento, de acuerdo con el PGCT y con la NEC (copia).
- Catálogos publicados con especificaciones técnicas.
- Muestra del elemento a homologar, la cual quedará en poder del Ayuntamiento de Madrid. En el caso de soportes, compromiso por escrito de mantener una muestra a disposición del Ayuntamiento de Madrid, en el almacén del fabricante o distribuidor.
- Otra documentación relacionada que considere relevante el interesado.
Más Información
Fundamento legal
- Ordenanza General sobre Mobiliario Urbano. Acuerdo Pleno de 1 marzo 1985. BOAM núm. 4607 de 16 mayo 1985. Modificada por Acuerdo Pleno de 28 marzo 2007. BOCM núm. 83 de 9 abril 2007. BOAM núm. 5757 de 24 mayo 2007. Modificada por Ordenanza de la adaptación al ámbito de la Ciudad de Madrid de transposición de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
- Capítulo 43, Alumbrado Exterior aprobado el 19 de julio de 2010 del Pliego de Condiciones Técnicas Generales.
- Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización de Alumbrado Exterior aprobado el 19 de julio de 2010.
Entidad Gestora
Dirección General de Conservación de Vías Públicas del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Modelos de formularios
Formulario de solicitud (presencial)