Actos Promovidos por Otras Administraciones Públicas Declarados de Urgencia o de Interés General
Información
Descripción
Las actuaciones promovidas por una administración pública realizados en ejecución de políticas públicas o de interés general se sujetarán a este procedimiento.
El ayuntamiento dispondrá de un plazo de un mes (en caso de urgencia o excepcionalidad, de quince días hábiles), para analizar la actuación pretendida en relación con el planeamiento vigente e informará sobre la viabilidad urbanística de la actuación.
¿A quién va dirigido?
Administraciones Públicas y entidades de derecho público de ellas dependientes.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
Documentación
Documentación
- Documentación acreditativa de la aprobación del proyecto de obra o instalación pública.
- Documentación técnica del proyecto.
- Documentación acreditativa de la declaración de interés general y de la fecha prevista de comienzo de la actuación, que nunca podrá ser inferior a un mes.
- Documento acreditativo de la declaración de urgencia y de la fecha prevista de la actuación, que no podrá ser inferior a 1 mes en caso de que se haga al amparo de la disposición adicional décima del Real Decreto Legislativo 7/2015 o inferior a 15 días hábiles en caso de que esté al amparo del artículo 163 de la Ley 9/2001.
Más Información
Fundamento legal
Artículo 163 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Disposición Adicional 10ª del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Entidad Gestora
Dirección General de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad