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Autorización para actuar como entidad colaboradora urbanística (ECU)

Información

Descripción

¿Qué es una ECU?

Se trata de una entidad privada de carácter técnico con personalidad jurídica propia debidamente acreditada por la ENAChomologada por la Comunidad de Madrid y autorizada por el Ayuntamiento de Madrid (Agencia de Actividades) para el desempeño de funciones de verificación, inspección y control de actuaciones urbanísticas.

Se encuentran reguladas en el Reglamento por el que se establece el régimen de las Entidades Colaboradoras Urbanísticas de Verificación, Inspección y Control y podrán intervenir en los procedimientos previstos en la Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid en los términos de su artículo 5.

 

¿A quién va dirigido?

Entidades privadas de carácter técnico que deseen actuar como Entidades Colaboradoras Urbanísticas en materia urbanística.

Requisitos

Requisitos

 Requisitos de acreditación, homologación y autorización:

Las empresas que soliciten acceder a la condición de ECU deberán reunir los requisitos de acreditación conforme a la  legislación de la Unión Europea en materia de acreditación y norma:

  • Procedimiento de Acreditación de Entidades de Inspección según la norma UNE - EN ISO / IEC 17020, a través del órgano de acreditación a nivel nacional ENAC.
  • Procedimiento de Homologación por parte de la Comunidad de Madrid, que dispone de un registro habilitado a tal efecto.
  • Procedimiento de Autorización por parte del Ayuntamiento de Madrid.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Se requiere certificado electrónico de persona jurídica para poder tramitar la solicitud.

Documentación

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'. 
  • Estatutos o normas por la que se rija la entidad.
  • Certificado emitido por la Entidad Nacional de Acreditación, por el que se acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma UNE-EN ISO / IEC 17020 o norma que la sustituya, así como de los requisitos específicos que se establezcan por la normativa autonómica de aplicación.
  • Contrato de seguro de responsabilidad civil, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Reglamento.
  • Compromiso de disponer con carácter permanente de un sistema de información compatible con el del Ayuntamiento de Madrid que permita el intercambio de información y que pueda adecuarse de forma continua a las características técnicas y funcionales que establezca el Ayuntamiento de Madrid, a los efectos de control informático del régimen de gestión y control dispuesto en el Reglamento.
  • Acreditación de contar con un procedimiento de reclamaciones que garantice a las personas interesadas la adecuada defensa de sus derechos e intereses legítimos. Dicho procedimiento será gratuito.
  • Declaración de disponer de un sistema de atención al cliente que garantice la atención en la ciudad de Madrid.
  • Declaración de adecuarse a la imagen corporativa de identificación del servicio establecida por el Ayuntamiento.

Más Información

Tramitación

El plazo máximo de resolución de la autorización será de un mes desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

Información complementaria

  • Las resoluciones de autorización deberán ser inscritas de oficio en el Registro Municipal de Entidades Colaboradoras Urbanísticas y publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid.
  • Se dará traslado de los datos de la resolución de autorización, al Registro de entidades privadas de colaboración urbanística de la Comunidad de Madrid.
  • La autorización tendrá la misma vigencia que la acreditación que le dió lugar, pudiendo ser modificada, suspendida o extinguida en los casos contemplados en el Reglamento por el que se establece el régimen de las Entidades Colaboradoras Urbanísticas de Verificación, Inspección y Control.

Entidad Gestora

Agencia de Actividades

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