Consulta del censo electoral y presentación de reclamaciones
Convocadas elecciones generales para el 29 de noviembre, se informa de que, en aplicación de lo previsto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, el censo electoral vigente para dichas elecciones es el aprobado el 1 de agosto, y recoge todos los movimientos padronales hasta el 30 de julio; por lo tanto:
- Las altas en el padrón de habitantes de Madrid formalizadas el 31 de julio o posteriores no están incorporadas en el censo electoral de Madrid para estas elecciones. Los habitantes que se hayan empadronado desde el 31 de julio o lo hagan ahora votarán en el municipio en el que estuvieran empadronados anteriormente.
- Los cambios de domicilio (dentro de Madrid) formalizados el 31 de julio o posteriores tampoco están incorporados en el censo electoral para estas elecciones. Los habitantes en esta situación votarán en el local electoral que corresponda a su anterior domicilio.
Información
Descripción
El Ayuntamiento de Madrid expone al público para consulta y presentación de reclamaciones, el censo electoral elaborado por la Oficina del Censo Electoral.
Puede consultar sus datos personales y datos del local electoral utilizando las identificaciones electrónicas admitidas por el Ayuntamiento; si no dispone de ellas, solo podrá consultar sus datos del local electoral.
Para presentación de reclamaciones, consulte el apartado 'Más información'.
Plazo
22/04/2024 - 29/04/2024
Requisitos
Requisitos
Incluye a los electores que cumplen las siguientes condiciones:
- Estar empadronado en Madrid con anterioridad al 31 de enero de 2024 (fecha de actualización del censo).
- Haber nacido antes del 10 de junio de 2006.
- No estar privado del derecho del sufragio activo.
- Tener nacionalidad española.
- Ciudadanos de la Unión Europea que hayan manifestado su voluntad de votar en España para las elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024, con anterioridad al 30 de enero de 2024.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea (consulta del censo):
- A través de los enlaces de Consulta del censo (con o sin identificación electrónica) disponibles en el apartado ‘Tramitar - En línea’.
- En la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística https://sede.ine.gob.es/ (con certificado electrónico)
- Por teléfono (consulta del censo):
- 010 (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).
- Presencialmente (consulta del censo y presentación de reclamaciones):
- sin cita previa en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Madrid. Este trámite no se presta en las Oficinas Auxiliares de Aravaca, El Pardo y Las Tablas.
- Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (Calle Trafalgar 29).
- Chat en Línea: pulsando el icono Lineamadrid Asistente Virtual que encontrará flotando.
Más Información
Información complementaria
Omisiones o errores detectados en la consulta
Las personas que, reuniendo los requisitos de elector, no figuren en el censo electoral o consten en el mismo con datos erróneos, pueden presentar la correspondiente reclamación en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid o, acompañadas de un certificado de empadronamiento, en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (Calle Trafalgar, 29).
Resolución de reclamaciones
Las reclamaciones se podrán efectuar entre el 22 y el 29 de abril, ambos inclusive, y las resuelve la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en un plazo de tres días a contar desde su recepción.
Fundamento legal
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio del Régimen Electoral General, modificada por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero.
Entidad Gestora
Servicio de Padrón de Habitantes
Tramitar
En línea
Consulta en línea del Censo Electoral (requiere identificación electrónica)
Consulta del Censo Electoral (sin identificación electrónico)
Teléfono
010 ( 914 800 010 si llama desde fuera del municipio de Madrid)