Becas para el primer ciclo de educación infantil en escuelas infantiles privadas. Curso 2026-2027
Ver apartado: "Información relacionada - Otros contenidos".
Plazo de subsanaciones: del 17 al 30 de julio de 2026
Información
¿A quién va dirigido?
Familias que hayan solicitado beca en escuelas infantiles privadas para el curso 2026-2027.
Plazo
17/07/2026 - 30/07/2026
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
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En línea: a través del enlace disponible en el apartado “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica) Para más información: consultar la ayuda.
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Presencialmente:
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En las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Más Información
Tramitación
- Fase 1 convocatoria: BOAM nº 10101 de 8 de abril de 2026.
- Fase 2 propuesta de resolución provisional: 09/08/2026
- Fase 3 propuesta de resolución definitiva: 24/09/2026
- Fase 4 resolución de la convocatoria: 06/10/2026
Información complementaria
Más información: ver bases completas de la convocatoria en el apartado “Información relacionada – Otros contenidos”.
Para más información, puede ponerse en contacto a través de los siguientes medios:
- Correo electrónico: becasinfantilayuntamientomadrid@madrid.es
- Teléfonos de contacto: 914 801 244 / 917 001 618 / 911 417 906
- Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
Fundamento legal
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I al III del Título I. Artículos 22-34.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I al III del Título I. Artículos 55-66.
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, de 2023. Capítulo III del Título I. Artículos 23-30.
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado.
Tramitar
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa