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Solicitud de autorización genérica para la ocupación de la vía pública mediante la prestación del servicio de mudanzas

Información

Descripción

Este trámite se empleará por las personas físicas o jurídicas dedicadas a la prestación de servicios de mudanzas para solicitar la autorización genérica. La autorización será genérica cuando la ocupación de la vía pública para realizar la mudanza se efectúe durante un tiempo no superior a cuatro días en un espacio no superior a veinticinco metros lineales de la banda de estacionamiento y siempre que no precise ocupar la acera. 

Importe

Tasas para 2025:

  • Por expedición de documentos administrativos: 60,52 euros.
  • Por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local: 378 euros por vehículo y año.

El pago de las tasas será previo a la presentación de la solicitud ya que deberá adjuntarse a la misma.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
  • Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

NOTA: Tanto si realiza el trámite en línea como presencialmente tenga en cuenta que deberá adjuntar a la solicitud el pago de las tasas abonadas previamente.

Documentación

Documentación

A las solicitudes de autorización deberá adjuntarse la siguiente documentación:

  • Acreditación del pago de las tasas que, en su caso, corresponda abonar relacionadas con el documento administrativo autorizante.
  • Declaración responsable de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en epígrafe que habilite para la realización de la actividad de mudanzas, y no haber causado baja y en su caso, estar al corriente de pago.
  • Póliza y recibo en vigor de seguro de responsabilidad civil que cubra las contingencias derivadas de la actividad a desarrollar sobre personas y cosas con una cobertura mínima de 150.000 euros por siniestro derivado de la mudanza.
  • Recibo en vigor que acredite encontrarse al corriente de pago correspondiente del seguro obligatorio del vehículo y demás medios utilizados para la prestación del servicio de mudanza.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Tarjeta de transporte vigente.
  • Ficha técnica del vehículo. Asimismo deberá tener vigente la ITV favorable, extremo que será comprobado por la Administración.
  • Declaración responsable que acredite que la mudanza se ajusta a la presente normativa por realizarse con vehículos de las características indicadas en el artículo 207.2 de la presente Ordenanza.
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