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Transporte de mercancías peligrosas. Autorización especial

Información

Descripción

Este trámite se empleará para solicitar la autorización de circulación a los vehículos destinados al transporte de mercancías peligrosas que deban llevar los paneles naranja de señalización de peligro reglamentarios conforme el Acuerdo Europeo sobre el Transporte de Mercancías peligrosas por Carretera (ADR), en todas las vías de titularidad municipal situadas en el interior de la M-40, excluyendo ésta y sus enlaces.

Esta circulación estará prohibida cuando tanto su origen como su destino se encuentren fuera de dicha zona, así como en los túneles de la M-30.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
  • Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Documentación

Documentación

Para las solicitudes de autorización deberá aportarse la siguiente documentación:

  • Permiso de circulación de los vehículos.
  • Tarjeta de la inspección técnica con la ITV en vigor.
  • Acreditación de estar al corriente de pago del Seguro Obligatorio de los vehículos.
  • Acreditación de poseer seguro de responsabilidad civil que cubra expresamente los daños derivados del transporte de las mercancías.
  • Certificado ADR en vigor (en los casos que sea obligatorio tenerlo de acuerdo con el ADR).
  • Acreditación de la designación de Consejero de Seguridad de la empresa.
  • Tarjeta de Transporte en vigor, en los casos en que sea obligatorio de acuerdo con la normativa de Transportes por carretera.
  • Documento en el que se relacionen las clases de mercancías según ADR, las cantidades transportadas y la forma de transporte, así como el origen y destino del transporte. En caso de tratarse de una venta en ruta se hará constar tal condición.

Más Información

Entidad Gestora

Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación

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