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Transporte de mercancías peligrosas. Autorización especial

Información

Descripción

Limitación geográfica:

Según la Ordenanza de Movilidad Sostenible, en todas las vías de titularidad municipal situadas en el interior de la M-40, excluyendo ésta y sus enlaces, se restringe la circulación a los vehículos destinados al transporte de mercancías peligrosas que deban llevar los paneles naranja de señalización de peligro reglamentarios conforme el Acuerdo Europeo sobre el Transporte de Mercancías peligrosas por Carretera (ADR)

Dicha circulación estará prohibida cuando tanto su origen como su destino se encuentren fuera de dicha zona, así como en los túneles de la M-30.

¿A quién va dirigido?

A todos aquellos vehículos destinados al transporte de mercancías peligrosas que deban llevar los paneles naranja de señalización de peligro reglamentarios conforme el Acuerdo Europeo sobre el Transporte de Mercancías peligrosas por Carretera (ADR). Estarán exceptuados de solicitar autorización especial municipal de circulación si circulan con alguna de las exenciones recogidas en el ADR por razón de carga, cantidad o tipo de transporte y les será de aplicación lo dispuesto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible para la circulación de vehículos destinados al transporte de mercancías en general.

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