Certamen escolar de creación plástica 2024
Publicada en "información relacionada" la concesión de los premios de los Certámenes Escolares de Creación Plástica, Creación Literaria y de Teatro 2024.
Información
Descripción
El objeto del presente certamen es fomentar y estimular la creatividad de los niños y niñas a través de la expresión pictórica, a fin de fomentar el desarrollo de los valores artísticos y estéticos, como parte esencial de su personalidad, y contribuir al descubrimiento de la cultura, potenciar la imaginación y la curiosidad y ayudar a percibir el mundo que nos rodea desde distintas perspectivas.
Se plantea como temática inspiradora el deporte, con el lema: “Las Olimpiadas, un impulso de los valores en el deporte.” Destacando el impulso en valores como el esfuerzo, la motivación y superación personal, el trabajo en equipo, el aumento de la tolerancia a la frustración, el respeto, el sentimiento de pertenencia a un equipo, la perseverancia, etc.”
¿A quién va dirigido?
Podrán participar los centros escolares públicos, concertados y privados del municipio de Madrid, o en su caso las entidades titulares de los mismos, que impartan estudios de educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional básica y formación profesional de grado medio.
Los premios económicos irán destinados exclusivamente a los centros participantes.
Categorías.
Se establecen tres categorías de participación:
Categoría A): alumnado de educación primaria.
Categoría B): alumnado de educación secundaria obligatoria y de F.P. básica.
Categoría C): alumnado de bachillerato y de F.P. de grado medio.
Plazo
15/04/2024 - 07/05/2024
Requisitos
Requisitos
Será preceptiva la designación de un profesor/a responsable que actuará como interlocutor/a entre la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado del Ayuntamiento de Madrid y el centro educativo.
No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones y comprometerse a mantener su cumplimiento durante el tiempo inherente al reconocimiento del derecho.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea: Realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' durante el plazo de solicitud (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
Plazo de inscripción y presentación de trabajos
Del 15 de abril de 2024 hasta el 7 de mayo de 2024 ambos incluidos.
Documentación
Documentación
Presentación de las obras
Las obras, junto con la copia de la solicitud de inscripción presentada en el registro, se presentarán personalmente, mediante correo o mensajería en el Servicio de Actividades Educativas (Sección de Museos y Actividades Artísticas), situado en el Paseo de la Chopera, 41 Planta baja, 28045 Madrid, en el plazo mencionado en el punto 7.2.
Para realizar este trámite presencial, es imprescindible solicitar cita previa a través de correo electrónico madridunlibroabierto@madrid.es.
Una vez recibidas las obras, e identificadas según lo señalado en el punto 6.1, se hará entrega de un documento que acredite su presentación.
Para poder optar a alguno de los premios especiales, es obligatorio presentar un proyecto, con una extensión máxima de tres páginas, que desarrolle los apartados que se indican en el punto 11 de las bases. Cada centro escolar solamente se podrá presentar a un premio especial por categoría.
Impreso de inscripción, disponible en el apartado Impresos.
Las solicitudes junto con la documentación exigida, se presentarán conforme al modelo de solicitud que se anexa al presente Decreto de convocatoria, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. Sede.madrid.es, o bien en los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
Más Información
Información complementaria
Características de los trabajos.
Se plantea como temática inspiradora el deporte, con el lema: “Las Olimpiadas, un impulso de los valores en el deporte.” Destacando el impulso en valores como el esfuerzo, la motivación y superación personal, el trabajo en equipo, el aumento de la tolerancia a la frustración, el respeto, el sentimiento de pertenencia a un equipo, la perseverancia, etc.”
Los trabajos serán individuales y se presentarán al certamen a través del centro educativo donde estén matriculados los alumnos/as.
El formato será de 40 x 50 centímetros como máximo, y las obras deberán presentarse en un soporte duro o enmarcadas con un junquillo fino, sin cristal.
Será válido cualquier género pictórico: retrato, paisaje, pintura histórica, etc.
Se podrá utilizar cualquier técnica: dibujo, grabado, fresco, temple, óleo, acuarela, collage, carboncillo, pastel, etc.
Cada centro podrá presentar un máximo de obras según el siguiente desglose:
- Categoría A (Educación Primaria) 9 obras.
- Categoría B (Educación Secundaria, FP Básica) 6 obras.
- Categoría C (Bachillerato, FP Grado Medio) 4 obras.
Cada obra deberá estar identificada con su título, nombre del centro educativo, curso en el que está matriculado el/la autor/a y categoría (A, B o C) en la que participa.
En la solicitud de inscripción quedarán relacionados los títulos completos de las obras, indicando el curso en el que se encuentra matriculado/a el/la autor/a de cada una de ellas.
Composición del Jurado.
- Presidente: el director General de Educación, Juventud y Voluntariado (o persona que le sustituya).
- Tres vocales designados a tal efecto mediante decreto del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad que serán expertos en la materia y personal externo al Ayuntamiento.
- Secretaria: la jefa del Servicio de Actividades Educativas (o persona que le sustituya).
Las decisiones del jurado serán inapelables.
Criterios de valoración.
El jurado valorará los trabajos conforme a los siguientes criterios y baremo (hasta 10 puntos):
a) Presentación del trabajo: hasta 1 punto.
b) Relación con el tema propuesto: hasta 1 punto.
c) Calidad, dificultad técnica y composición: hasta 5 puntos, valorándose;
Calidad (1 punto): representación de la realidad y comunicación de emociones.
Dificultad técnica (2 puntos), valorándose;
La utilización de los 5 elementos básicos de la expresión plástica (1 punto): el punto, la línea, el plano, la textura y el color.
El reflejo en la obra de los principios de la expresión plástica (1 punto): el movimiento, la unidad, la variedad, el equilibrio, el balance, contraste, proporción y el patrón.
Composición (2 puntos): se valorará la composición por forma y por color.
d) Originalidad, creatividad: hasta 3 puntos.
Criterios de valoración para la concesión del premio especial de 700 euros (hasta 10 puntos):
a) Breve exposición del Proyecto Educativo del Centro y descripción del entorno sociocultural y alumnado del centro: hasta 3 puntos.
b) Características específicas del proyecto educativo relativas a la atención a la diversidad sociocultural: hasta 3 puntos.
c) Contribución de la creación plástica al progreso del alumnado hasta 4 puntos: valorándose; la superación de situaciones de desigualdad (hasta 2 puntos). Proyecto/s del centro vinculados con la creación plástica que favorezca/n la integración del alumnado (hasta 2 puntos).
Premios.
Se establecen los siguientes premios:
- Categoría A: alumnado de educación primaria.
Primero: 1.500 euros.
Segundo: 1.100 euros.
Tercero: 800 euros.
Premio especial: 800 euros.
- Categoría B: alumnado de educación secundaria obligatoria y de FP básica.
Primero: 1.500 euros.
Segundo: 1.100 euros.
Tercero: 800 euros.
Premio especial: 800 euros.
- Categoría C: alumnado de bachillerato y de FP de grado medio.
Primero: 1.500 euros.
Segundo: 1.100 euros.
Tercero: 800 euros.
Premio especial: 800 euros.
Abono de premios.
Los centros educativos premiados, deberán realizar los trámites de obtención de los datos bancarios de acuerdo con el modelo establecido, (Impreso T Alta de pago por transferencia), para hacer efectivo el pago del premio, que se producirá una vez haya acordado la concesión del mismo el delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.
El premio será abonado a través de transferencia bancaria en la cuenta indicada por el beneficiario.
En el caso de que hubiesen transcurrido más de 6 meses desde la fecha de expedición o emisión de los certificados o declaraciones responsables relativas al cumplimiento del requisito de estar al corriente las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y con carácter previo al pago, deberá procederse a su acreditación en alguna de las formas previstas en el apartado 5 de esta convocatoria en función de si media o no autorización u oposición expresa por parte del solicitante.
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La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y en su sede electrónica https://sede.madrid.es.
Derechos de imagen.
Los centros participantes tendrán que hallarse en poder o solicitar a los progenitores o tutores, un permiso específico para que sus alumnos/as puedan aparecer en imágenes (fotografía,video) tomadas con motivo de la participación en el certamen y/o en el acto de entrega de premios. Los datos facilitados se tratarán conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Aceptación.
La participación en el certamen supone la aceptación incondicionada de sus bases por parte de los participantes, incluida la aceptación del premio que pudiera corresponderles en virtud de la propuesta de concesión de premios efectuada por la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud, en los términos y condiciones que se establezcan en la misma.
Más información.
Ver bases completas de la convocatoria en el apartado Información relacionada, BOAM n. 9611 de fecha 12 de abril de 2024.
Fundamento legal
- LEY - - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Artículos 10, 17, 18, 20 y título I.
https://www.boe.es/eli/es/l/2003/11/17/38/con - REAL DECRETO - - Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
https://www.boe.es/eli/es/rd/2006/07/21/887/con - ORDENANZA - - Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.
https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.5dd4485239c96e10f7a72106a8a409a0/?vgnextoid=b55eba0a1cc8f710VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=e81965dd72ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextfmt=default
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado.