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Certamen Escolar de Villancicos 2025

Del 17/10/2025 hasta 06/11/2025 Tramitar
AVISO:

Finalizado el periodo de inscripción al Certamen escolar de villancicos

Información

Descripción

Esta convocatoria, tiene como objeto el realizar el Certamen Escolar de Villancicos 2025 del municipio de Madrid. Su finalidad es la de desarrollar en los niños y las niñas una formación integral para que valoren el esfuerzo y la disciplina que supone participar en un coro, se potencie el trabajo en grupo y se fomenten valores formativos, cívicos y sociales, disfrutando de la música y el canto.

¿A quién va dirigido?

Podrán participar los centros escolares públicos, concertados y privados del municipio de Madrid,  o en su caso las entidades titulares de los mismos que impartan estudios de educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional básica y formación profesional de grado medio.

Categorías

Se establecen dos categorías de participación:

A) Alumnado de educación primaria.

B) Alumnado de educación secundaria obligatoria, bachillerato, FP básica y FP de grado medio.

Plazo

17/10/2025 - 06/11/2025

Importe

Dotación económica de los premios:

Categoría A: alumnado de educación primaria.

  • Primero:             1.500 euros
  • Segundo:           1.100 euros
  • Tercero:                 800 euros
  • Mejor director/a: 1.000 euros
  • Premio especial:    800 euros

Categoría B: alumnado de educación secundaria obligatoria, bachillerato, FP básica y FP de grado medio.

  • Primero:               1.500 euros
  • Segundo:             1.100 euros
  • Tercero:                   800 euros
  • Mejor director/a:   1.000 euros
  • Premio especial:     800 euros

Podrán concederse dos menciones sin cuantía económica, una para cada categoría, a los directores/as de los coros, que obtengan una puntación inmediatamente inferior a los directores/as premiados/as.

Requisitos

Requisitos

Todos los centros y directores/as de coro participantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Con la cumplimentación y presentación de la solicitud y, en su caso, la documentación que deba acompañarla, el centro educativo, manifiesta a través de una declaración responsable suscrita por el responsable legal del centro, que no está incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la LGS para obtener la condición de beneficiario/s de subvenciones públicas así como del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme a lo previsto en el artículo 26 del RLGS.

Así mismo, efectúa por medio de la solicitud la declaración responsable acreditativa del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme a lo previsto en el artículo 25 del RLGS.

Con arreglo al artículo 69.1 de la LPAC, se entenderá que con la declaración responsable el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de las obligaciones declaradas durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

Igualmente, debe acreditarse que el solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, para lo cual aquel debe, por medio del modelo de solicitud indicado, bien autorizar a que la Administración municipal recabe los documentos acreditativos del cumplimiento de estas obligaciones electrónicamente mediante consulta a las Plataformas de Intermediación de Datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, o bien, si no lo autoriza, formular la declaración responsable a que se refiere el apartado 5 de esta Convocatoria. La autorización a la consulta de datos por parte del Ayuntamiento se podrá realizar marcando las correspondientes casillas en el apartado de la solicitud: “Consulta de datos tributarios y de Seguridad Social”.

 

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al modelo de solicitud que se anexa al Decreto de la convocatoria. El modelo deberá obtenerse de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

Las solicitudes junto con la documentación exigida se presentarán electrónicamente a través de la sede electrónica https://sede.madrid.es, o bien en los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la LPAC.

Se deberá utilizar, para ello, alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

Las solicitudes de participación, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Las solicitudes deberán ser presentadas con el certificado electrónico del centro o en su caso el de la entidad titular del mismo, en este caso, dicha titularidad se comprobará de oficio por el órgano instructor.

Pago

Pago

Los centros educativos o en su caso las entidades titulares de los mismos y los/as directores/as de los coros que resulten premiados, deberán realizar el trámite de obtención de datos bancarios de acuerdo con el modelo establecido, Impreso T, el premio será abonado por transferencia en la cuenta indicada por el beneficiario.

En el caso de que hubiesen transcurrido más de 6 meses desde la fecha de expedición o emisión de los certificados o declaraciones responsables relativas al cumplimiento del requisito de estar al corriente las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y con carácter previo al pago, deberá procederse a su acreditación en alguna de las formas previstas en el apartado 7 de la convocatoria en función de si media o no autorización u oposición expresa por parte del solicitante.

En el caso de los directores/as de los coros que resulten premiados, deberán en todo caso acreditar, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Este requisito se comprobará de oficio por la Administración municipal, que recabará los documentos acreditativos del cumplimiento de estas obligaciones electrónicamente mediante consulta a las Plataformas de Intermediación de Datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, previo consentimiento expreso del director/a premiado, el cual resulta preceptivo en base a los artículos 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, haciendo constar en el expediente el resultado comprobación mediante la oportuna diligencia.

Documentación

Documentación

Las solicitudes junto con la documentación exigida, se presentarán conforme al modelo de solicitud que se anexa al presente Decreto de convocatoria a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (sede.madrid.es)  o bien en los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

Más Información

Información complementaria

El Certamen se desarrollará en dos fases:

Fase de Selección:

Durante los días 27 y 28 de noviembre y el 1, 2, 3, 4 y 5 de diciembre de 2025, todos los coros admitidos interpretarán los dos villancicos que se indican en el apartado 9 de la convocatoria en un Centro Cultural o similar que se establezca por el Servicio de Actividades Educativas. Este Servicio acordará con el centro participante el día y la hora que le corresponderá actuar.

En la Fase de Selección, se les podrá solicitar a cada director/a de coro que presenten al Jurado la partitura del villancico libre.

En el caso de que se vaya a interpretar en otro idioma, antes del día de la audición se les podrá pedir que el texto de éste en castellano, para valorar si se ajusta a los requisitos de la convocatoria, si no fuera así, se instará al centro educativo para que elija otro que se adecue a las bases

Tras la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el apartado 12 de la convocatoria, se efectuará la valoración y la clasificación de todos los coros participantes.

Se seleccionarán por orden mayor a menor puntuación, hasta un máximo de cinco coros en cada categoría, los cuales competirán en la Fase Final. La relación de estos coros seleccionados se publicará en la sede municipal.

En esta fase de Selección se valorarán los proyectos de todos los centros que se presentan a premio especial y se fallarán estos premios.

 

Fase Final:

Se realizará el día 11 de diciembre de 2025 en un Centro Cultural o similar que se establezca por el Servicio de Actividades Educativas.

Constará de dos partes. En la primera parte actuarán los coros de la categoría A, mientras que en la segunda harán lo mismo los de la categoría B. El desarrollo de ambas partes será idéntico y se ajustará a lo que se indica a continuación:

Los coros seleccionados actuarán en el orden marcado por el Servicio de Actividades Educativas, interpretando cada uno de ellos el mismo repertorio que en la fase de selección.

El jurado valorará y propondrá de entre los coros seleccionados en esta Fase Final, el primer, segundo y tercer premio de cada categoría; los premios y las menciones a la mejor dirección de coro según el apartado 12 de estas bases.

Se señalarán de las dos categorías: los tres coros que han obtenido la mayor puntuación y el premio y las menciones a la mejor dirección de coro.

Se invitará a los tres coros con mayor puntuación de cada una de las categorías, a la Gala del Certamen de Villancicos 2025, donde se comunicará el fallo del jurado de todos los premios del Certamen. Así mismo, se les invitará a volver a interpretar alguna de las obras con las que han participado.

Dicha Gala, se realizará durante el mes de diciembre de 2025, en el Centro Cultural o similar que indique el Servicio de Actividades Educativas, tal y como se señala en el apartado 14.6 de estas bases.

Las fechas y los lugares indicados para la ejecución de las dos fases, tienen carácter orientativo, pudiendo estar sometidas a modificaciones o adaptaciones, en función de las necesidades organizativas que se planteen. En todo caso, las mismas, serán debidamente comunicadas a todos los participantes.

Villancicos a interpretar.

Los participantes deberán interpretar dos villancicos en cada Categoría.

Categoría A (educación primaria).

Villancico obligatorio: “Cantemos a María”.

Villancico libre.

Categoría B (educación secundaria obligatoria, bachillerato, FP básica y FP de grado medio).

Villancico obligatorio: “El Tamborilero”.

Villancico libre

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La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y en su sede electrónica https://sede.madrid.es.

 

 Derechos de imagen de los participantes

Los centros participantes tendrán que hallarse en poder o solicitar a los progenitores o tutores, un permiso específico para que sus alumnos/as puedan aparecer en imágenes (fotografía, vídeo, etc.) tomadas con motivo de la participación en el certamen y/o en el acto de entrega de premios. Los datos facilitados se tratarán conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Aceptación

La participación en el certamen supone la aceptación incondicionada de sus bases por parte de los participantes, incluida la aceptación del premio que pudiera corresponderles en virtud de la propuesta de concesión de premios efectuada por la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, en los términos y condiciones que se establezcan en la misma.

Más información

Ver bases completas de la convocatoria en el apartado información relacionada, BOAM 9.986 de fecha 16 de octubre de 2025. 

Fundamento legal

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado.

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