Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación durante el año 2024
Información
Descripción
La finalidad de esta convocatoria es contribuir a reducir la brecha de género en la práctica deportiva y prevenir situaciones como el abandono temprano del deporte por un gran número de mujeres adolescentes mediante el apoyo al tejido asociativo de la ciudad, a través de la concesión de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación durante 2024.
Actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación
Se considerarán subvencionables las actividades que reúnan los siguientes requisitos:
1. Que se realicen total o parcialmente en el término municipal de Madrid.
2. Que supongan un avance o aumento respecto de las actividades que ya vengan realizando las entidades beneficiarias.
3. Que no rebasen el máximo de un proyecto por entidad beneficiaria con cargo a esta convocatoria.
4. Que incluyan, al menos, tres de las siguientes líneas de actuación:
a) Poner en marcha una o varias escuelas deportivas de nueva creación dirigidas a mujeres. (se considerará una escuela nueva aquella que se desarrolle en un centro concreto)
b) Poner en marcha uno o varios equipos deportivos de nueva creación, integrados por mujeres, que participen en competiciones oficiales. (se incluirá en la memoria equipo temporada y competición en la que participa)
c) Realizar actos deportivos o competiciones de nueva convocatoria, exclusivamente destinados a la participación de mujeres. No podrán ser los clasificatorios para campeonatos de España, ni ranking, ni copas autonómicas o nacionales.
d) Ampliar las modalidades deportivas de la entidad destinadas a mujeres.
e) Aumentar la presencia de mujeres en la estructura de la entidad hasta alcanzar la paridad.
f) Aumentar la presencia de entrenadoras de mujeres en el cuerpo técnico en la entidad.
g) Mejorar la calidad y aumentar la presencia de juezas en las competiciones oficiales de la modalidad deportiva.
h) Realizar acciones que faciliten la integración y la inclusión, a través de la práctica deportiva, de mujeres en riesgo de pobreza y/o exclusión social, o hayan sido víctimas de violencia de género.
i) Realizar acciones que faciliten la integración y la inclusión, a través de la práctica deportiva, de mujeres con discapacidad.
j) Realizar acciones que faciliten la recuperación física y/o psicológica de mujeres con enfermedades graves.
k) Adaptar las instalaciones deportivas a la práctica deportiva de las mujeres, incluyendo acciones de mejora de la accesibilidad y la señalización en los vestuarios y la creación de espacios de igualdad.
l) Mejorar la formación de las mujeres integradas en la estructura de la entidad a través de una relación contractual con la misma, sean personal de su Junta Directiva, entrenadoras, personal auxiliar, etcétera.
m) Desarrollar proyectos que faciliten la incorporación y permanencia de las deportistas en la entidad. Formación específica deportiva, continuidad en el club, compaginar estudios y deporte.
n) Desarrollar campañas específicas de promoción del deporte femenino en el entorno territorial de la entidad, especialmente entre la población en edad escolar.
o) Realizar acciones formativas sobre la igualdad entre mujeres y hombres en el deporte profesional y de base.
p) Realizar acciones de investigación y análisis que permitan mejorar el conocimiento existente sobre el deporte femenino y la práctica deportiva de las mujeres.
q) Otras.
Periodo subvencionable
Las entidades beneficiarias podrán obtener subvención para las actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación cuya fecha de inicio se encuentre entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
¿A quién va dirigido?
La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva entre entidades sin ánimo de lucro, legalmente inscritas y reconocidas en su correspondiente registro con al menos un año de antigüedad la fecha de publicación de la convocatoria.
Plazo
16/05/2024 - 29/05/2024
Importe
El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 200.000 euros.
Requisitos
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de la subvención las entidades sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que en la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid lleven al menos un año inscritas y reconocidas en su correspondiente registro.
b) Que tengan su domicilio social en el término municipal de Madrid (salvo las federaciones deportivas madrileñas y españolas, que podrán tener su domicilio social en el ámbito nacional).
c) Que su personalidad jurídica sea alguna de las que se relacionan a continuación:
- Federaciones deportivas madrileñas adscritas a las federaciones deportivas españolas reconocidas por la Comunidad de Madrid y por el Consejo Superior de Deportes.
- Entidades deportivas con personalidad jurídica propia previstas en el Capítulo II del Título IV de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y reguladas por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid por el que se regulan las Asociaciones y Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, que se hallen inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como aquellas entidades que hayan constituido en su seno secciones de acción deportiva sujetas al marco jurídico mencionado y estén igualmente inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Fundaciones legalmente constituidas y reconocidas al amparo de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones o de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, clasificadas e inscritas en los correspondientes Registros de Fundaciones regulados por estas normativas y que tengan entre sus actividades las relacionadas con el deporte.
- Otras entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior cuando la actividad deportiva que organicen esté autorizada por el Ayuntamiento de Madrid o por la federación deportiva competente.
No podrán ser beneficiarias las entidades anteriores en las que concurra alguna de las circunstancias que se determinan en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro electrónico" disponible en "Tramitar - en línea" durante el plazo de la solicitud, en "Modelos de formularios" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda).
Plazo: Del 16 al 29 de mayo de 2024.
Plazo de aceptaciones: Del 17 al 30 de septiembre de 2024.
Documentación
Documentación
Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico).
La solicitud deberá cumplimentarse en su totalidad y acompañarse de la documentación acreditativa correspondiente:
a) Proyecto, que deberá concretar al menos los siguientes aspectos:
- El compromiso explícito de la entidad con la igualdad entre mujeres y hombres.
- Un diagnóstico previo de la situación del deporte femenino en la entidad antes del proyecto, con indicadores cuantificables y datos segregados por sexo.
- Como mínimo tres objetivos específicos relacionados con las líneas de actuación contempladas en el apartado Tercero punto 4 de la presente convocatoria. Rellenando los apartados en el proyecto con antes y después.
- Como mínimo un indicador medible por cada objetivo seleccionado, que permita cuantificar la consecución de los objetivos específicos del proyecto. Incluir en el proyecto.
Tanto en el proyecto presentado como durante todo el periodo de ejecución de este, la entidad deberá hacer uso de un lenguaje no sexista, evitar imágenes discriminatorias de las mujeres y fomentar la transmisión de mensajes con valores de igualdad de género.
b) Presupuesto de ingresos y gastos firmado por la persona representante legal de la entidad, donde no deberá figurar cantidad alguna como subvención del Ayuntamiento, debiendo detallarse de forma expresa el resto de los ingresos.
En caso de que no se haya realizado el proyecto, presupuesto estimado de gastos e ingresos, firmado por la persona representante legal de la entidad.
c) En caso de haber finalizado el proyecto en el momento de la solicitud, memoria de la ejecución realizada y los resultados obtenidos.
Las solicitudes podrán presentarse en un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”.
Más Información
Tramitación
Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación durante el año 2024. BOAM Nº 9631 de 14 de mayo de 2024.
Fase 2 propuesta de resolución provisional: aprobación de la propuesta de resolución provisional de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación durante el año 2024 - BOAM núm. 9.672 11 de julio de 2024 (adjunto en 'Otros contenidos').
Fase 3 propuesta de resolución definitiva: aprobación de la propuesta de resolución definitiva de subvenciones a entidades deportivas de la ciudad de Madrid para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada 2023-2024 - BOAM núm. 9.717 de 16 de septiembre de 2024 (adjunto en 'Otros contenidos').
Información complementaria
Para obtener información detallada del tipo de gastos subvencionables, documentación, requisitos, obligaciones de los beneficiarios, criterios de valoración y otros detalles de esta subvención, consultar las Bases de la convocatoria disponibles en el apartado Información relacionada.
Fundamento legal
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, y su modificación, aprobada por Acuerdo de 28 de noviembre de 2023 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid. Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.
- Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Entidad Gestora
Dirección General de Deporte del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
Tramitar
En línea
Registro Electrónico El plazo de aceptaciones va desde el día 17 al 30 de septiembre de 2024.