Subvenciones para el fomento de agrupaciones empresariales sectoriales o clústeres estratégicos para la ciudad de Madrid 2026
Información
Descripción
Esta convocatoria cuenta con dos líneas de subvención, pudiendo solicitarse las dos o solamente una de ellas:
- Línea A: De consolidación de la asociación tipo clúster y apoyo en su crecimiento para fortalecer su estructura.
- Línea B: De competitividad por proyectos con impacto en la economía de la ciudad, para fortalecer el potencial innovador y la competitividad de las empresas de la asociación clúster.
¿A quién va dirigido?
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones empresariales sectoriales o clústeres de los siguientes sectores estratégicos:
- Logística y distribución urbana de mercancías.
- Ciberseguridad.
- Salud digital.
- Big Data e Inteligencia Artificial.
- Construcción, arquitectura e ingeniería.
- Fintech e Insurtech.
A efectos de esta convocatoria, se considera asociación tipo clúster (en adelante, clúster) la agrupación o asociación territorial de empresas, instituciones y entidades de conocimiento con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro de una cadena de valor orientada a un mercado o segmento de mercado en los sectores estratégicos territoriales, o a la oferta de una tecnología facilitadora, que busca la mejora competitiva de sus socios mediante la ejecución de proyectos piloto, el intercambio y validación de conocimientos teóricos y prácticos, la creación de redes y la difusión de información. En definitiva, a través de la colaboración entre las empresas y otras instituciones socias del clúster.
Adicionalmente, para la línea B, podrán ostentar la condición de beneficiarios, además de los clústeres, las agrupaciones de clústeres, en cuyo caso la entidad solicitante será uno de los clústeres que se integren en ella y será el que asuma la responsabilidad de coordinar la ejecución de las acciones y la representación a efectos de interlocución y relación necesarias con la Administración.
Plazo
09/04/2026 - 08/05/2026
Requisitos
Requisitos
Para resultar beneficiarios de subvención, los clústeres habrán de cumplir los siguientes requisitos:
- Estar formalmente constituidos mayoritariamente por empresas de una cadena de valor orientada a un mercado o a un segmento de mercado, o a uno de los siguientes sectores estratégicos: Fintech e Insurterch, Ciberseguridad, Bigdata e IA, Logística, transporte y/o distribución de mercancías, Salud digital y la Construcción, ingeniería y arquitectura.
- Contar con sede social o delegación en el término municipal de Madrid o desarrollar su actividad principalmente dentro del ámbito territorial del municipio de Madrid.
- Estar legalmente constituidos en España, tener personalidad jurídica y capacidad de obrar.
- Estar debidamente inscritos en el Registro nacional o autonómico de Asociaciones con al menos 3 años de anterioridad a la publicación de esta convocatoria.
- No estar incursa en ninguna de las circunstancias que se establecen en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones.
- Disponer de un sistema de cuotas/aportaciones de sus entidades asociadas.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, que se acreditará de la forma establecida en el artículo 33.1 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2013 (en adelante,OBRGS) en relación con el artículo 22 y el 24.7 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante,RGS).
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento, a que se refiere el artículo 70.3 del RGS, se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de oficio y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
- No haber sido sancionados administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, así como por discriminación en los términos previstos en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, durante el período impuesto en la correspondiente sanción.
- En el caso de presentarse como una agrupación de clústeres, todas las entidades que la conforman han de cumplir con los requisitos establecidos.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
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En línea: realizando la solicitud a través de los enlaces disponibles en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
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Plazo: del 9 de abril al 8 de mayo de 2026, ambos incluidos. (30 dias naturales contados a partir del dia siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 82 de 8 de abril de 2026).
Documentación
Documentación
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Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea', acompañada de los siguientes documentos:
Línea A:
- Plan Estratégico del clúster para el sector a 3 años.
- Plan Anual de Actuaciones.
- Presupuesto estimativo de los costes de las actuaciones previstas en el Plan Anual de Actuaciones.
- Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones correspondiente.
- Estatutos de la entidad.
- Tarjeta de identificación fiscal.
- Declaración responsable o certificado del secretario o presidente de la asociación clúster.
- Certificados de cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Agencia Tributaria de Madrid, así como de cumplimiento de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, en caso de no haber autorizado la consulta del mismo en el formulario de solicitud.
Línea B:
- Plan Estratégico del clúster para el sector a 3 años.
- Plan Anual de Actuaciones.
- Presupuesto estimativo de los costes de las actuaciones previstas en el Plan Anual de Actuaciones.
- Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones correspondiente.
- Estatutos de la entidad.
- Tarjeta de identificación fiscal.
- Anexo I. Memoria explicativa del proyecto. Hasta 2 proyectos por solicitante.
- Certificados de cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Agencia Tributaria de Madrid, así como de cumplimiento de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, en caso de no haber autorizado la consulta del mismo en el formulario de solicitud.
Más Información
Tramitación
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Fase 1 convocatoria: BOAM número 10101 de 8 de abril de 2026.
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Fase 2 propuesta de resolución provisional:
- Fase 3 propuesta de resolución definitiva:
- Fase 4 resolución de la convocatoria:
Información complementaria
Más información: Ver bases completas de la convocatoria en el apartado Información Relacionada - Otros contenidos
Fundamento legal
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid.