Subvenciones nominativas de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos
Información
Descripción
Las entidades que tengan reconocida una subvención nominativa en los presupuestos de la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Archivos del Ayuntamiento de Madrid deben presentar su solicitud de iniciación del trámite a través de esta página web.
¿A quién va dirigido?
Entidades que tengan reconocida una subvención nominativa en alguno de los programas presupuestarios de la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Archivos.
De acuerdo con la normativa, las subvenciones nominativas se conceden en régimen de concesión directa. Por tanto, este procedimiento no es de concurrencia competitiva, es decir, no está abierto a entidades que no tienen reconocida una subvención nominativa.
Requisitos
Requisitos
- Tener reconocida una subvención nominativa en los presupuestos de la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Archivos.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No está incursa en ninguna de las causas legales de prohibición, conforme al artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiario de la subvención y, en su caso, estar al corriente de pago o no ser deudor de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo: aunque no hay un plazo determinado para presentar la solicitud, se recomienda hacerlo en el primer trimestre del año.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios".
- Memoria de actividades que incluya una descripción de las mismas, los objetivos que se pretenden conseguir, el plazo de realización, el público al que esté dirigido la actividad y los indicadores previstos para la evaluación, así como el compromiso con la igualdad entre hombres y mujeres y un análisis del proyecto desde la perspectiva de género.
- Presupuesto de gastos e ingresos que incluya todas las ayudas públicas y privadas que se han solicitado o recibido para la misma actividad.
Más Información
Tramitación
- Fase 1: presentación de la solicitud.
- Fase 2: tramitación por la Dirección General de la propuesta de resolución provisional.
- Fase 3: aceptación por el beneficiario de la propuesta.
- Fase 4: firma del decreto del concesión por la Delegada del Área de Gobierno.
Fundamento legal
A la presente convocatoria le será de aplicación:
- Artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Artículo 65 del Reglamento de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- Artículo 30 de la Ordenanza de 30 de octubre del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueban las Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por e Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.
Entidad Gestora
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos.