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Justificación de ayuda económica para titulares de Tarjeta Familia

Información

Descripción

Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid, ponen en marcha las oficinas de tramitación, gestión y justificación de ayudas económicas para agilizar el acceso a las prestaciones económicas de Tarjetas Familia que habrán sido valoradas y propuestas previamente desde los Centros de Servicios Sociales de referencia de los ciudadanos de los 21 distritos de Madrid.

Las oficinas de tramitación de ayudas son unidades centralizadas de gestión y tramitación formadas por un equipo especializado que llevarán a cabo la tramitación de las ayudas valoradas desde los centros de servicios sociales.

¿A quién va dirigido?

Ciudadanía titular de la Tarjeta Familia que deberán entregar las facturas justificativas de ayudas ya recibidas, previa citación por parte de su oficina de referencia.

Requisitos

Requisitos

Ser beneficiario de la Tarjeta Familia.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Los ciudadanos serán atendidos de manera presencial previa citación desde las Oficinas de Tramitación que se pondrán en contacto con los titulares de la Tarjeta Familia para indicarles el día y hora en la que deberán personarse junto con las facturas originales justificativas del gasto de la ayuda.

 

 

Más Información

Fundamento legal

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013

Ordenanza de las prestaciones económicas del sistema público de servicios sociales del Ayuntamiento de Madrid, de 28 de septiembre de 2004

Entidad Gestora

Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad

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