Servicio de Asesoramiento a la Exclusión Socio Residencial
Información
Descripción
Servicio gratuito de información, asesoramiento para las personas y familias que tienen dificultades para hacer frente a los pagos de los préstamos hipotecarios y están en riesgo de perder su vivienda habitual y única, estableciendo contacto con las entidades financieras titulares de los préstamos, con el fin de identificar y promover soluciones que posibiliten el mantenimiento de la vivienda.
¿A quién va dirigido?
Personas, familias o unidades de convivencia vulnerables, empadronadas en el municipio de Madrid, propietarios de una vivienda habitual y única, sin otra alternativa de vivienda propia y que puedan verse afectados por situaciones de riesgo residencial que puedan derivar en ejecuciones hipotecarias.
Requisitos
Requisitos
- Aceptación voluntaria de la coordinación y el compromiso de participación activa en la formulación de la propuesta de mediación.
- Que su vivienda habitual y única haya sido puesta en garantía de algún crédito, con dificultades para hacer frente a las obligaciones del pago.
- Que el coste del préstamo hipotecario concedido para la adquisición de la vivienda no exceda de 300.000 euros.
- Que no dispongan de otra alternativa de vivienda.
- Que los otros bienes patrimoniales de los que pudiera disponer tengan un valor insuficiente para hacer frente al crédito hipotecario.
- Que carezcan de los ingresos suficientes para hacer frente a las obligaciones de dicho crédito o que, al hacerlo, se vea afectada la cobertura de las necesidades básicas.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Mediante cita previa con el trabajador/a social del servicio de asesoramiento a la exclusión socio- residencial, que podrá obtener a través de los siguientes canales de Línea Madrid:
- Teléfono: A través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 914 800 010, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante).
Chat en línea: Pulsando el icono 'Chat on line Línea Madrid' que encontrará flotando en esta misma página.
La documentación a aportar por el interesado se presentará:
- Presencialmente: En la Oficina del Departamento de Gestión y Prestaciones en la Atención Social Primaria el día de la cita con la Trabajadora Social o en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Documentación
Se requerirá en la cita en su caso.
Más Información
Fundamento legal
- Ley 11/2003 de 27 de marzo de 2003 de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. BOE Número 157 de 2 de julio de 2003.
- Ley 5/2012 de 6 julio de 2012 de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.
- Real Decreto Ley 6/2012 de 9 de Marzo de medidas urgentes de protección a deudores hipotecarios sin recursos, modificado por Ley 1/2013 de 14 de mayo de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social y legislación posterior.
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, (artículo 11.1), ratificado por España el 13 de abril de 1977 y Observación General nº 7 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (apartados 11 y 15).