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Solicitud de adhesión o renovación a Códigos de Buenas Prácticas Empresariales

Información

Descripción

Un Código de Buenas Prácticas es un documento que tiene como referencia los requisitos legales aplicables a cada sector económico estableciendo una serie de compromisos de actuación o buenas prácticas adicionales que tienen como finalidad contribuir a la satisfacción de las demandas de la ciudadanía en materia de consumo así como el incremento del nivel de calidad y seguridad de la actividad empresarial.

La adhesión es voluntaria y gratuita. Al adherirse a su código sectorial, las empresas se comprometen a implantar los compromisos de calidad contenidos en el mismo, con independencia del cumplimiento de los requisitos legales exigibles a su actividad.

Los Códigos de Buenas Prácticas son promovidos e implantados por el Ayuntamiento de Madrid en colaboración con las organizaciones empresariales y las asociaciones de consumidores más representativas en el municipio de Madrid.

¿A quién va dirigido?

A las empresas del sector de actividad correspondiente que tengan su domicilio social u operen mediante sucursales ubicadas en el municipio de Madrid, formen o no parte de las organizaciones empresariales que lo suscriban.

La empresa adherida al Código de Buenas Prácticas dispondrá de un distintivo de Buenas Prácticas empresariales que se exhibirá en el local y en su actividad comercial. 

Requisitos

Requisitos

  • Oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo ante la Junta Arbitral del Ayuntamiento de Madrid, salvo previa adhesión a otra competente.
  • Protocolo de autocontrol correspondiente a su sector comercial, salvo indicación en contrario ofrecida desde el Instituto Municipal de Consumo.
  • Documentación mercantil indicada en el protocolo de autocontrol

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en“Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
  • Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación

Documentación

Formulario de solicitud de adhesión o renovación a Códigos de Buenas Prácticas, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios.

Más Información

Tramitación

  1. Presentación de la solicitud y, si procede, del protocolo de autocontrol específico del sector, junto con la documentación mercantil indicada en éste.
  2. Comprobación y requerimiento, si procede, de la documentación.
  3. Propuesta-Informe del Servicio de Arbitraje de Consumo.
  4. Resolución del Director General del Instituto Municipal de Consumo.
  5. Notificación a la persona interesada, y si procede, concesión del distintivo Buenas Prácticas.

Recurso

  • Recurso potestativo de reposición, ante el Instituto Municipal de Consumo en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la correspondiente notificación.
  • Directamente, recurso Contencioso Administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la correspondiente notificación.
  • Todo ello sin perjuicio de que la persona interesada ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente.

Información complementaria

El Ayuntamiento de Madrid, a través del Instituto Municipal de Consumo, publica en su página web www.madrid.es el listado de empresas adheridas a Códigos de Buenas Prácticas y al Sistema Arbitral de Consumo.

Más información: promocionconsumo@madrid.es

 

Entidad Gestora

Instituto Municipal de Consumo

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