Subvenciones para el fomento de la digitalización en el sector comercial 2020-2022
Información
Descripción
Convocatoria para financiación de instrumentos y herramientas que faciliten la implantación y gestión operativa de los procesos de transformación digital de asociaciones de comerciantes y entidades concesionarias de mercados municipales.
¿A quién va dirigido?
Titulares de concesión de los mercados municipales gestionados en régimen de concesión administrativa.
Asociaciones sin ánimo de lucro constituidas mayoritariamente por empresarios del sector comercial, hostelero y hotelero que desarrollen el proyecto para el que se solicita subvención dentro del ámbito territorial del municipio de Madrid.
Proyectos y actuaciones subvencionables:
- Estudios de viabilidad de proyectos de transformación digital
- Planes de actuación para creación de identidad y cultura corporativa digital.
- Desarrollo de plataformas de comercio electrónico y cuotas de adhesión a sitios web soportes de ecommerce.
- Desarrollo de acciones promocionales a través de redes sociales y canales multimedia.
- Contratación de gestores de acciones promocionales en redes sociales y canales multimedia.
- Contratación de personal para logística aplicada a la tienda online: preparación de compras, expedición y control de pedidos, servicios postventa.
- Pago por uso de herramientas de software para la gestión comercial de clientes y su fidelización (CRM, APPs de ventas).
- Servicios de taquillas y consignas destinadas a la recogida de compras online.
Cuantía máxima de las ayudas: en general hasta el 85% de los gastos subvencionables, con los límites que establece el artículo 10 de la Convocatoria.
Plazo de ejecución de los gastos:
- Para las solicitudes presentadas en 2021, el plazo de ejecución será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.
- Para las solicitudes presentadas en 2022, el plazo de ejecución será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.
Plazo
17/01/2022 - 07/02/2022
Requisitos
Requisitos
Las entidades que soliciten la subvención deberán reunir los siguiente requisitos a la finalización del plazo de presentación de solicitud, que deberán mantener al menos durante el ejercicio económico en el que se concede la subvención:
- Estar formal y legalmente constituidas e inscritas.
- Su actividad debe realizarse preferentemente en el municipio de Madrid.
- No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid.
- No tener deudas con la Agencia Tributaria ni con la Seguridad Social.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere certificado electrónico de representante). Para más información: consultar la ayuda
- Plazo de presentación Convocatoria 2021: del 12 de agosto al 21 de agosto de 2021.
- Plazo de presentación Convocatoria 2022: de 17 de enero a 7 de febrero de 2022.
Documentación
Documentación
- Formulario de solicitud, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico)
- Anexo I, disponible en el apartado "Modelos de formularios", en el que se realizará una definición y descripción concreta del proyecto, periodo de ejecución e importe de la inversión.
- Definición del proyecto:
- Memoria descriptiva detallada del proyecto
- Presupuesto desglosado y pormenorizado, acompañado de facturas o justificantes correspondientes y del plan de financiación del proyecto
Para importes mayores a 15.000 euros en prestación de servicios o entrega de bienes, se deberán presentar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, justificándose en la memoria la elección entre dichas ofertas.
- Información administrativa y certificados del solicitante:
- Escritura o acta fundacional y los estatutos de la entidad, debidamente inscritos en el registro correspondiente
- Acreditación, en su caso, de la autorización para la presentación de la solicitud.
- Declaraciones de la entidad solicitante (firmadas y selladas por el representante legal):
- Relación de empresas asociadas (número de asociados, nombre o razón social, NIF o CIF y domicilio fiscal)
Más Información
Tramitación
- Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones para el fomento de la digitalización en el sector comercial 2021-2022. Ver apartado "Información relacionada".
- Fase 2 propuesta de resolución provisional
- Fase 3 propuesta de resolución definitiva
- Fase 4 resolución definitiva
Información complementaria
- Mas información: Ver bases de la convocatoria en el apartado 'Información relacionada'
Fundamento legal
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (BOCM nº 278, de 22 de noviembre de 2013).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma
- Convocatoria de subvenciones para el fomento de la digitalización en el sector comercial 2020-2022. BOAM nº. 8701, de 7 de agosto de 2020. BOCM nº 190, de 7 de agosto de 2020.
- Segunda convocatoria de subvenciones para el fomento de la digitalización en el sector comercial correspondiente al 2021, y nueva convocatoria correspondiente al 2022.
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo