Subvenciones Plan Adapta 2023
Información
Descripción
La finalidad de estas subvenciones consiste en fomentar la realización de actuaciones de adaptación de las viviendas en donde residan personas con discapacidad y enfermedades raras, para la mejora de su calidad de vida mediante la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora de su autonomía, con el fin de facilitar la movilidad interior o aumentar la seguridad en el entorno doméstico así como en fomentar la realización de actuaciones de accesibilidad en locales situados en la planta baja de edificios de uso residencial con el objetivo de eliminar barreras arquitectónicas.
Ámbito.
Las viviendas o locales objeto de las actuaciones subvencionables deberán estar ubicados en el ámbito municipal de la ciudad de Madrid.
Podrán ser objeto de subvención:
Se considerará como presupuesto protegible o gastos subvencionables la suma de los siguientes conceptos, una vez comprobados por los servicios técnicos, siempre que la discapacidad reconocida esté relacionada con la ayuda solicitada:
- Adaptación del cuarto de baño, incluyendo el cambio de bañera a ducha, instalación de asientos de ducha abatible, Smart toilet, adecuación de los sanitarios, elementos de seguridad fijos, sustitución de grifería por otros con palanca técnica o sensores, sustitución de duchas o bañeras con mamparas de cristal por mamparas de materiales no cortantes.
- Adaptación de la cocina, incluyendo la modificación de la altura de mostrador de cocina, instalación de módulos adaptados extraíbles con zócalo accesible, instalación de módulos regulables en altura, supresión de módulos inferiores para la interacción autónoma en sillas de ruedas, placas de inducción magnética con auto apagado.
- Adecuación de puertas o pasillos para permitir el paso con productos de apoyo para movilidad reducida.
- Modificación de paredes divisorias para mejorar la accesibilidad de los espacios, así como modificación de espacios para instalar sistemas de estimulación o de atención temprana o la instalación de protecciones y/o paredes acolchadas para evitar autolesiones.
- Instalación/adaptación de elementos de mejora de la accesibilidad como grúas de techo, plataformas …, para el desplazamiento autónomo dentro del hogar.
- Instalación/adaptación de barras, pasamanos, salva escaleras, rampas interiores y otros elementos de ayuda para la movilidad.
- Adecuación de pavimentos para limitar riesgo de resbalamiento, prevención de caídas y facilitar el desplazamiento a personas con limitaciones de movilidad.
- Instalación de domótica, sistemas de control de entorno y tecnologías del hogar digital que, por su especialidad, contribuyan justificadamente a favorecer la autonomía personal de personas con discapacidad, tales como programas informáticos o, en su caso, sus soportes, de resultar éstos indispensables, u otro dispositivo periférico de uso exclusivo para la manipulación del sistema de control del entorno esencial en la vivienda en los términos regulados en el art. 10.4 de la convocatoria.
- Instalación de sistemas de bucles de inducción magnética en las distintas estancias de la vivienda, o incluido en el videoportero.
- Instalación de sistemas de aviso y señalización en la vivienda, visuales, sonoros, táctiles o por vibración, según corresponda con la capacidad funcional de la persona.
- Instalación/adaptación de la ubicación de los enchufes, pulsadores, sistemas de iluminación, sensores de presencia, así como el cambio de altura/ubicación de porteros electrónicos o videoporteros.
- Instalación de puertas con cerradura de doble apertura (interior y exterior) para evitar encierros, instalación de puertas automáticas, instalación de tarjeta de proximidad en la puerta de acceso a la vivienda, instalación de recordatorios sonoros y/o sistemas de automatización de apertura mediante mando a distancia u otro dispositivo.
- Sistemas de seguridad y alarma, tales como de detección de caídas; mejora de instalaciones de luz en la vivienda con sistema de regulador de intensidad, así como enchufes con cortacorrientes para las personas con discapacidad intelectual.
- Instalación de rejas, cristales irrompibles o insonorización de estancias que favorezcan la seguridad en las personas con discapacidad intelectual.
- Obras auxiliares que sean precisas realizar como consecuencia exclusivamente de la actuación subvencionada, tales como pintura, carpintería, albañilería entre otras, siempre que se realicen en las mismas condiciones que estaban en su origen.
- Cualquier otro que contribuya a la mejora de la accesibilidad o supresión de barreras arquitectónicas, favorezcan a la autonomía en otras situaciones de discapacidad dentro del hogar y tengan el informe favorable de los técnicos municipales, a excepción de aquellos dispositivos referidos en el artículo 9.2.3 de la convocatoria.
Exclusivamente para aquellas solicitudes donde la persona tenga una discapacidad física igual o superior al 75% serán subvencionables: Grúas portátiles, tanto de bipedestación como de sedestación.
Línea B – Exclusivamente para el caso de locales situados en la planta baja de edificios de uso residencial, tendrán la consideración de presupuesto protegible o gastos subvencionables la suma de los siguientes conceptos:
- Obras de adaptación del acceso del local con el objetivo de eliminar las barreras arquitectónicas, incluida la instalación de dispositivos de mejora de la accesibilidad tales como rampas, salva escaleras, plataformas elevadoras, automatismos para la apertura de puertas incorporando mecanismos motorizados u otros dispositivos de accesibilidad.
- Obras de adaptación del/de los cuarto/s de baño/s con el objetivo de mejorar su accesibilidad, incluida la construcción de nuevos baños específicos para personas con discapacidad.
- Itinerarios horizontales, que al menos garanticen un itinerario peatonal accesible entre el acceso al local y el aseo adaptado.
- Adaptación de los mostradores, así como cualquier otra adaptación que contribuya a la mejora de la accesibilidad en las personas con discapacidad física.
- Cualquier otra que contribuya a la mejora de la adaptación del local ante cualquier tipo de discapacidad auditiva, sensorial, intelectual, visual, etc.
Línea C – Además de las actuaciones contempladas para la línea A, se considerará como presupuesto protegible o gastos subvencionables la suma de los siguientes conceptos, una vez comprobados siempre que la enfermedad rara reconocida esté relacionada con la ayuda solicitada, para lo que deberán aportar la Memoria recogida en el artículo 16.1.4 b):
- Elementos de protección y seguridad: sistema anti atrapamiento, alarmas de detección de humo, humedad, etc.
- Aseos: Instalación de cambiador/camilla ducha abatible manual o automática; duchas con termostato, a ras de suelo; elevador de bañera; inodoro suspendido; grifos monomando, etc.
- Soluciones para necesidades especiales de confort térmico y cualquier otro sistema de climatización como aire acondicionado.
- Adaptación de la cocina para la enfermedad que padecen.
- Manillas o pomos de palanca en las puertas y grifos monomando.
- Creación de espacios abiertos.
- Instalación y creación de espacios cerrados con cerradura clave de acceso.
- Instalación de paredes acolchadas e insonorizadas con cámara de vigilancia fija.
- Luces sensibles al movimiento en los pasillos.
- Adaptaciones de domótica y sistemas de control de entorno.
- Instalación en los cristales de las ventanas y puertas acristaladas de láminas de protección frente a la radiación ultravioleta, así como medidores de dicha radiación; y cambio de la luminaria a luces LED, para minorar al máximo la exposición a la radiación UV de los afectados por Xeroderma Pigmentoso.
- Rieles por el techo para grúas.
- Tuberías de O2 con salidas en varias habitaciones.
- Paredes panelables o similares.
- Balcones acristalados.
- Modificación de las esquinas para redondearlas, así como de rodapiés.
- Cualquier otro que contribuya a la mejora de la accesibilidad o supresión de barreras arquitectónicas, favorezcan la autonomía y las necesidades especiales de las personas con enfermedad rara dentro del hogar y tenga el informe favorable de los técnicos municipales, a excepción de aquellos dispositivos referidos en el artículo 9.2.3 de la convocatoria.
Plazo
28/02/2023 - 29/05/2023
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
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