Tasa por la Prestación de Servicios Urbanísticos (TPSU). Tramitación de expedientes contradictorios de ruina de edificios
Información
Descripción
La tramitación de un expediente contradictorio de ruina conlleva el pago de la autoliquidación de la Tasa por prestación de Servicios Urbanísticos (TPSU) y realizar su ingreso, lo que se deberá acreditar en el momento de presentar la solicitud.
¿A quién va dirigido?
A quienes soliciten tramitación de expediente contradictorio de ruina.
Importe
La tarifa se puede consultar en la ordenanza fiscal reguladora, articulo 21.4.
- a) Cuando la superficie afectada por el expediente tramitado no exceda de 200 m2, se satisfará una cuota por cada m2, o fracción, de 12,27 euros.
- b) Cuando la superficie afectada exceda de los primeros 200 m2, sin sobrepasar los 500 m2, se incrementará la anterior cuota, por cada m2, o fracción de exceso, en 10,56 euros.
- c) Cuando la superficie afectada exceda de 500 m2, sin sobrepasar los 1.000 m2, se incrementará la cuota resultante de los dos apartados anteriores, por cada m2, o fracción de exceso, en 9,85 euros.
- d) Cuando la superficie afectada exceda de 1.000 m2, sin sobrepasar los 2.000 m2, se incrementará la cuota resultante de los tres apartados anteriores, por cada m2, o fracción de exceso, en 8,14 euros.
- e) Cuando la superficie afectada por el expediente tramitado exceda de 2.000 m2, se incrementará la cuota resultante de los cuatro apartados anteriores, por cada m2, o fracción de exceso, en 7,32 euros.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet): a través del enlace disponible en el apartado Tramitar en Línea.
Presencialmente, recogiendo el impreso en papel en la Oficina de Asistencia en materia de Registro (OAMR) del Área de Desarrollo Urbano en la calle Ribera del Sena 21, para cumplimentarlo y abonarlo en las entidades bancarias colaboradoras.
Pago
Pago
Formas de pago
- Directamente por Internet en este mismo trámite con tarjeta.
- Presencialmente en las entidades financieras y bancarias autorizadas imprimiendo el formulario.
Este pago tendrá carácter provisional y será a cuenta de la liquidación definitiva que se practique una vez realizadas las actuaciones motivadas por los servicios urbanísticos prestados.
Más Información
Tramitación
Apartados 1, 2 y 3: cumplimentar los datos correspondientes.
Apartado 4. Situación del solar, edificio, piso o local afectado:
- Se consignará el lugar donde está ubicada la finca a la que se refiere la prestación del servicio urbanístico.
- Se identifica a través de la referencia catastral, para lo cual deberá introducir los 18 primeros dígitos de referencia en tres partes, los 7 primeros dígitos en el cuadro de la izquierda del octavo al décimo cuarto en la casilla central y del décimo quinto al décimo octavo en la casilla de la derecha.
- La referencia catastral se puede obtener en la Sede electrónica del Catastro: sedecatastro.gob.es.
Apartado 6. Debe pulsar en "Calcular importe".
- Es obligatorio introducir el distrito en el que está ubicado el solar, edificio o local consignado en el apartado 4.
- Una vez que aparezca el identificador, ya puede realizar el pago con tarjeta de crédito / débito pinchando en "Realizar pago", que lleva a la pasarela para efectuarlo.
Información complementaria
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficina de Asistencia en Materia de Registro. Área Gobierno Políticas de Vivienda
Recoger el impreso en papel para cumplimentarlo y abonarlo en las entidades bancarias