Subvenciones para proyectos de prevención del sinhogarismo y atención a personas sin hogar 2026-2027
Información
Descripción
El Ayuntamiento de Madrid publica, en el BOAM nº 10.062, de 10 de febrero de 2026, la convocatoria pública de subvenciones para los años 2026/2027, a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro, que desarrollen proyectos de prevención del sinhogarismo y atención a personas sin hogar que complementen la actuaciones de la Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo.
La convocatoria se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva.
Tendrán la consideración de personas sin hogar las personas mayores de edad incluidas en alguna de las categorías ETHOS 1, 2 y 3, en coherencia con la actuación municipal reflejada en la Estrategia Dignitas 2022-2027. Sin perjuicio de que la ciudadanía en general también pueda ser la destinataria de los proyectos que persigan la sensibilización hacia la realidad del sinhogarismo en Madrid.
Se valorarán los proyectos que desarrollen al menos uno de los siguientes objetivos de la convocatoria:
- Cubrir las necesidades de alimentación de las personas sin hogar.
- Proporcionar atención residencial en alojamientos con acompañamiento social para personas sin hogar.
- Realizar acompañamiento social y/o inserción social de personas sin hogar.
- Favorecer la formación y/o el empleo personalizado de personas sin hogar.
- Promover la sensibilización con relación al sinhogarismo.
¿A quién va dirigido?
Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro, que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo, de acuerdo con el ámbito material del artículo 2.1 y que desarrollen al menos un objetivo general de los recogidos en el artículo 3.2 de las bases de la convocatoria.
Quedarán excluidos de la presente convocatoria los proyectos que:
- Planteen exclusiva o principalmente la promoción de folletos divulgativos, guías, jornadas y/o congresos.
Se considerará que un proyecto implica principalmente la promoción de folletos divulgativos, guías, jornadas y/o congresos cuando estos supongan más del 50% del conjunto de actividades incluidas en el proyecto o su importe suponga más del 50% del importe total del proyecto.
- En su presupuesto contemplen como subvencionables partidas económicas para la realización de obras o para la adquisición de material inventariable.
- Presenten actividades que sean discriminatorias por razón de sexo, orientación o identidad sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Tengan una coincidencia, ya sea parcial o total, en cuanto a los plazos, objetivos, actividades, contenidos o destinatarios con otros que figuren en el anexo de subvenciones nominativas de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid vigente en el momento de concesión.
Plazo
11/02/2026 - 03/03/2026
Requisitos
Requisitos
Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos indicados en el artículo 4 de las bases de la convocatoria, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiaria.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar el línea" (requiere identificación y firma electrónica) Para más información: consultar la ayuda. En caso de no poder realizar la tramitación con certificado de representante de persona jurídica, puede acceder con certificado de persona física seleccionando la opción “Persona o entidad representante”.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico). Deberá firmarse electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar en todos los documentos el nombre y firma del o de la representante legal de la entidad solicitante.
- Anexo I y Anexo II, disponibles en "Modelos de formularios".
La información sobre el proyecto y su presupuesto contenida en la solicitud y Anexos debe ser coincidente. La denominación de la entidad es la que figure en los estatutos.
Los anexos complementarios aportados por la entidad irán identificados en un índice donde se detalle el contenido del cada uno. La documentación complementaria no podrá exceder 50 hojas DIN A4.
Se podrá anexar un máximo de 13 documentos. El tamaño máximo de cada documento no puede exceder de 10 MB. Toda la documentación presentada por la entidad, incluyendo Anexos propios, no podrá exceder 15MB.
Más Información
Tramitación
- Fase 1 Convocatoria: aprobadas las Bases de la convocatoria de subvenciones de la Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo, BOAM nº.10.062 de fecha 10 de febrero del 2026.
- Fase 2 Propuesta de Resolución Provisional:
- Fase 3 Propuesta de Resolución Definitiva:
- Fase 4 Resolución Definitiva:
Información complementaria
Más información: ver Bases completas de la convocatoria en el apartado “Información relacionada”.
Correo electrónico de contacto: subvenciondgis@madrid.es
Publicación de la convocatoria en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas
OTROS SITIOS DE INTERÉS
Fundamento legal
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo.