Autorización demanial de uso de una caseta y espacios colindantes en el Parque Juan Carlos I del Distrito de Barajas 2026
Información
Descripción
El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento de otorgamiento en régimen de
concurrencia de una autorización demanial de uso de una caseta y los espacios colindantes en
el Parque Juan Carlos I del Distrito de Barajas para el desarrollo de un proyecto de cooperación
público-social dirigido a personas con discapacidad física y/o intelectual en el que se incluyan
principalmente actividades deportivas adaptadas.
¿A quién va dirigido?
Podrán concurrir a esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro inscritas en las secciones 1ª y 2ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.
Plazo
24/07/2026 - 06/08/2026
Requisitos
Requisitos
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Estar inscritas en las secciones 1.ª o 2.ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos
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Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.
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Tener incluidas entre sus finalidades sociales el fomento y la práctica de la actividad física y
deportiva, incluyendo el fomento y la práctica de deporte adaptado y las actividades de tiempo libre como vía de inclusión social para personas con discapacidad. -
No hallarse incursas en prohibiciones o incompatibilidades para contratar con la Administración, en los términos que resulten aplicables.
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Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
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Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
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No tener pendiente la presentación de cuentas justificativas, fuera de plazo, de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, con independencia de que el requerimiento previsto en el artículo 70.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones se hubiera realizado o no.
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En el supuesto de que el proyecto contemple actividades que supongan atención directa de
menores de 18 años, las entidades deberán ajustarse a las previsiones de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Cuando se trate de entidades deportivas a que se refiere el artículo 25 de la Ley 15/1994, del Deporte de la Comunidad de Madrid, dichas entidades habrán de reunir los requisitos establecidos en esa norma.
No podrán presentarse a esta convocatoria las entidades deportivas que tengan como objeto
social exclusivo el desarrollo de la actividad de piragüismo, dado que actualmente existen dos
autorizaciones demaniales concedidas a entidades de esta naturaleza. Sin perjuicio de lo expuesto, el proyecto social de las entidades participantes podrá contener actividades de piragüismo dentro de su programa.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Formulario Instancia General Normalizada (en línea)' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
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Plazo: del 24 de julio al 6 de agosto de 2026 (10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid BOAM nº 10175 de 23 de julio de 2026).
Documentación
Documentación
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Solicitud en formulario de instancia general, disponible en "Tramitar en línea".
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Identificación de la entidad que promueve el proyecto y de su representante, acreditando dicha representación. Además, se deberá acreditar la existencia de un acuerdo de la entidad que exprese su voluntad de participar en la convocatoria, presentando además la documentación relativa al sistema de toma de decisiones de la entidad. El proyecto podrá ser presentado conjuntamente por más de una entidad, en cuyo caso deberá adjuntarse la relación de estas entidades, con indicación de la que asumirá la titularidad de la autorización, así como la conformidad de los órganos o miembros de cada entidad con este extremo. Cuando se presente un proyecto conjunto por varias entidades se deberán aportar las correspondientes certificaciones de los acuerdos de adhesión expedidas por el secretario de la entidad que acrediten la conformidad con la solicitud, la propuesta de programa de actividades, así como la asunción del régimen de responsabilidad solidarias y del modelo de gobernanza participativo y democrático adoptado
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Declaración responsable:
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en prohibición o incompatibilidad para contratar con la administración.
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de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Madrid.
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de haber realizado la presentación en plazo de las cuentas justificativas correspondientes a subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid u organismos dependientes.
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de no estar incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas.
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de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
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en caso de cobro de las actividades a desarrollar, que existe ausencia total de utilidad económica.
- Cuando el proyecto tenga prevista la atención directa a menores de 18 años, deberá acompañarse declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que se compromete a no adscribir a la ejecución del proyecto a personas que tengan una condena por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual y a exigir para ello, como requisito previo, el certificado negativo de antecedentes penales del Registro Central de Delincuentes Sexuales al que se refiere el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
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Proyecto social y/o propuesta de gestión. El proyecto para presentar deberá describir de forma detallada todos los aspectos conforme a los criterios que se definen a continuación. En el proyecto se incluirá el cuadrante de distribución y asignación del uso del espacio, donde se detalle el horario y el tipo de uso que se asignará. La entidad al que se le otorgue la autorización deberá cumplir todo lo que figure en el proyecto, cuestión que será objeto de seguimiento por parte del Distrito.
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Información básica de carácter económico del proyecto a desarrollar, consistente en una memoria económica para todas las anualidades del proyecto que contemple los gastos y, en su caso, de los ingresos previstos derivados del uso de las instalaciones y de la organización y desarrollo de las mismas. En cualquier caso, deberá quedar garantizada la ausencia de utilidad económica.
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Documento de compromiso de suscripción, en caso de resultar la entidad seleccionada, de la correspondiente póliza de seguro en la cuantía determinada a continuación, necesaria para cubrir todos los riesgos derivados de la ocupación, así como los derivados de la responsabilidad civil en que pudiera incurrir la entidad autorizada, como consecuencia del desarrollo de la actividad en el espacio público deportivo de proximidad.
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Memoria de la actividad desarrollada por la entidad en la gestión de equipamientos o instalaciones deportivas u otros espacios para la práctica del deporte adaptado, públicas o privadas, en los tres últimos años, con especial referencia a las actividades desarrolladas en el Distrito de Barajas y su arraigo e implantación y en las diferentes actividades.
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Plan de mantenimiento y conservación de los espacios a utilizar y, en su caso, de la edificación e instalaciones asociadas.
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Certificación firmada por la persona representante legal o la persona que ostente la secretaria de esta en la que se especifique el número de personas asociadas que consten en el libro de registro de la entidad, y que estén en situación de alta en el momento de la presentación de la solicitud.
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La entidad autorizada deberá, siguiendo el Acuerdo del Pleno, de 26 de septiembre de 2012, por el que se aprueba el Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, presentar un plan de uso de la instalación que incluya las siguientes especificaciones: objeto, ámbito de aplicación, acceso, horario de uso, derechos, deberes, prácticas prohibidas de los usuarios y usuarias, pérdida de la condición de usuario, medidas para restablecer el orden y funcionamiento del servicio, calendario y horarios de servicio, etc.
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Declaración responsable de que, en el caso de ser beneficiario del espacio, realizará las actuaciones de mejora especificadas en el anexo II.
Todos los anexos están disponibles en la publicación de las bases completas de la convocatoria en "Información relacionada - Otros contenidos".
Más Información
Información complementaria
Mas información: ver bases completas de la convocatoria en "Información relacionada - Otros contenidos"
Fundamento legal
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Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
- Ordenanza de Cooperación Público-Social del Ayuntamiento de Madrid aprobada por Acuerdo del Pleno de 30 de mayo de 2018.
Entidad Gestora
Distrito de Barajas del Ayuntamiento de Madrid