Autorización de reserva de espacio para parada y estacionamiento de vehículos de transporte colectivo
Disculpen las molestias
Información
Descripción
Se entenderá por reserva de espacio, aquella parte de la vía o espacio público habilitada
para la parada o estacionamiento de los vehículos autorizados y delimitada de forma
permanente mediante el empleo de la señalización fija establecida al efecto.
Podrán establecerse reservas en vía pública, en las proximidades de los centros de origen
y destino de los viajes y para los vehículos que realicen transporte público regular de
viajeros de uso especial conforme a la normativa de aplicación. Se establecerán de manera
que permitan puntos de parada para la subida y bajada de viajeros y de zonas de
estacionamiento reservadas junto a los centros de origen o destino de los viajes.
Estas reservas podrán concederse a solicitud de la entidad interesada, en la que conste la
ubicación y el número de posiciones de estacionamiento necesarias así como la relación
de los horarios de llegada o salida previstas para las diferentes rutas de transporte, que
deberán acompañarse de sus autorizaciones de ruta en vigor.
No será posible proseguir con los trámites de autorización y posterior instalación de la reserva si no cuentan con rutas autorizadas en vigor, ya sea municipal o de la Comunidad de Madrid, según corresponda en función del ámbito territorial de la ruta.
¿A quién va dirigido?
Podrán solicitar el establecimiento de la reserva, las personas físicas y jurídicas que
justifiquen tener interés en dicho establecimiento.
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Presencial
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