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Autorización de reserva de espacio para parada y estacionamiento de vehículos de transporte colectivo

Indisponibilidad de la tramitación en línea el 28 de julio de 2025 de 15:00 a 17:00 horas aproximadamente

Disculpen las molestias

Información

Descripción

Se entenderá por reserva de espacio, aquella parte de la vía o espacio público habilitada
para la parada o estacionamiento de los vehículos autorizados y delimitada de forma
permanente mediante el empleo de la señalización fija establecida al efecto.

Podrán establecerse reservas en vía pública, en las proximidades de los centros de origen
y destino de los viajes y para los vehículos que realicen transporte público regular de
viajeros de uso especial conforme a la normativa de aplicación. Se establecerán de manera
que permitan puntos de parada para la subida y bajada de viajeros y de zonas de
estacionamiento reservadas junto a los centros de origen o destino de los viajes.

Estas reservas podrán concederse a solicitud de la entidad interesada, en la que conste la
ubicación y el número de posiciones de estacionamiento necesarias así como la relación
de los horarios de llegada o salida previstas para las diferentes rutas de transporte, que
deberán acompañarse de sus autorizaciones de ruta en vigor.

No será posible proseguir con los trámites de autorización y posterior instalación de la reserva si no cuentan con rutas autorizadas en vigor, ya sea municipal o de la Comunidad de Madrid, según corresponda en función del ámbito territorial de la ruta.

¿A quién va dirigido?

Podrán solicitar el establecimiento de la reserva, las personas físicas y jurídicas que
justifiquen tener interés en dicho establecimiento.

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