Solicitud de autorización para actuaciones musicales en el espacio público del Distrito Centro
Ver apartado "Información relacionada - Otros contenidos"
Publicada en la sede el 17 de marzo de 2025 (ver: "Información relacionada. Documentación").
Información
Descripción
Los 'Músicos de Calle', que pretendan llevar a cabo actuaciones musicales en el distrito Centro, tienen que solicitar autorización individual. Estas autorizaciones serán personales e intransferibles y no podrán ser objeto de cesión o transmisión y deberán ser exhibidas durante las actuaciones.
Las autorizaciones se otorgan del 1 de enero al 31 de diciembre, surtiendo efecto desde el inicio de cada uno de ellos hasta su finalización.
El plazo para la presentación de las solicitudes de autorización municipal será el comprendido entre el 1 y el 15 de octubre del año anterior.
Para el ejercicio de la actividad será necesario que cada intérprete, ya sea solista o pertenezca a un grupo musical, disponga de autorización individual. Por lo tanto, cada intérprete, pertenezca o no a un grupo musical, deberá presentar la correspondiente solicitud.
Las autorizaciones serán personales e intransferibles y no podrán ser objeto de cesión o transmisión.
¿A quién va dirigido?
Personas que realicen sus actuaciones musicales con o sin instrumentos de acompañamiento o aparatos musicales.
La autorización tendrá por objeto, exclusivamente, la realización de interpretaciones musicales en el espacio público, quedando excluidas cualquier otra forma de expresión artística (teatro, danza, performance, poesía, mimo, etc.).
Plazo
01/10/2025 - 15/10/2025