Taxi. Revisión de sustitución de vehículo
Información
Descripción
Para sustituir un vehículo adscrito a una licencia de autotaxi, es necesario solicitar autorización al Ayuntamiento Madrid.
El nuevo vehículo puede corresponderse con uno de los modelos autorizados por el Ayuntamiento de Madrid o tramitarse por libre elección si es un vehículo diferente a los modelos autorizados.
En ambos casos se debe seguir el proceso descrito en el artículo 20 de la Ordenanza Reguladora del Taxi (procedimiento de adscripción de vehículos).
Los modelos autorizados por el Ayuntamiento de Madrid están disponibles en el enlace Modelos autorizados para la prestación de servicio de autotaxi (ver información relacionada - otros contenidos).
Durante el proceso de autorización, se verificarán los requisitos exigidos y la documentación obligatoria, además de realizarse una inspección física del vehículo.
En caso de modificación del combustible del vehículo o incorporación de mampara de seguridad el proceso de tramitación de la sustitución deberá incluir, según corresponda, lo descrito en el trámite Taxi.Revisión para la autorización de mamparas de seguridad y en el trámite Taxi. Modificación de vehículo autotaxi (ver información relacionada - otros contenidos para acceder al enlace)
¿A quién va dirigido?
Titulares de Licencias de Autotaxi.
Importe
17,25 euros.
Requisitos
Requisitos
Requisitos para el nuevo vehículo
- Estar clasificado como turismo, matriculado y habilitado para la circulación a nombre del titular de la licencia y destinado al servicio público de taxi.
- Estar clasificados con el distintivo ambiental Cero emisiones o ECO para categoría M1.
- Disponer de la inspección técnica periódica en vigor.
- Ajustarse a las características, dimensiones y elementos mínimos obligatorios previstos en los artículos 16 y 17 de la Ordenanza Reguladora del Taxi.
- No superar la antigüedad del vehículo sustituido ni exceder los dos años de antigüedad.
- Si es un vehículo eurotaxi (vehículo adaptado), debe cumplir con la normativa de accesibilidad en transporte público, mediante ficha conformada por el fabricante o su representante legalmente establecido o por servicio técnico designado.
- Se justificará el desmontaje del taxímetro del vehículo sustituido.
- Se verificará la instalación del sistema tarifario en el nuevo vehículo.
- Se superará una inspección física en las instalaciones municipales.
Requisitos específicos para vehículos de libre elección
- El taxímetro debe cumplir con los requisitos de instalación de la normativa estatal y autonómica de metrología legal.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: Realizando solicitud y pago a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica).
- Presencial: Se presentarán las solicitudes, junto con la documentación preceptiva.
- En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En la calle Albarracín, 33, planta baja. Con cita previa obligatoria.
Puede solicitar la cita para realizar el trámite a través de los canales de atención de Línea Madrid:
- Solicitud cita en línea: a través del enlace de Cita previa en trramitación presencial.Seleccione en “Tipo de servicio” [Gestión del taxi] y en “Gestión” [Licencias de autotaxi]
- Solicitud cita por teléfono: A través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 914 800 010, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante).
- Línea Madrid en redes sociales:
- Twitter: @Lineamadrid
- Messenger de Facebook: @Lineamadrid
- Contactar a través Chat en línea: Pulsando el icono 'Chat on line Línea Madrid' que encontrará flotando en la página”.
Documentación
Documentación
1.Primera Fase (Comprobación de cumplimiento de requisitos):
Documentación presentada por el solicitante:
- Solicitud en formulario normalizado (disponible en línea o en ‘Modelos de formularios’).
- Justificante de pago de la tasa (realizado en línea o mediante impresos de autoliquidación).
- Permiso de Circulación del vehículo o autorización provisional.
- Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículo en vigor.
Vehículos de libre elección además presentarán:
- Documento que acredite los requisitos de instalación del taxímetro, expedido por órgano competente de la Comunidad de Madrid, fabricante del vehículo o su representante legal, organismo de verificación metrológica de taxímetros o servicio técnico de reformas (ambos autorizados por la Comunidad de Madrid). .
- Ficha de características del vehículo cumplimentada (ver información relacionada para su descarga).
Verificada esta documentación y acreditados los requisitos, el Ayuntamiento comunicará la
fecha y hora de la cita para la inspección del vehículo en las instalaciones del Ayuntamiento de Madrid (ver información relacionada más información).
2. Segunda Fase (Desmontaje taxímetro en vehículo anterior y montaje en el nuevo):
Tras la inspección presencial favorable, se le solicitará la siguiente documentación:
- Licencia de taxi.
- Certificado de levantamiento del taxímetro del vehículo anterior.
- Documentación que acredite el cobro con tarjeta.
Se le entregará al solicitante:
- Nueva licencia de taxi.
- Comunicación municipal autorizando la sustitución para presentar en el taller instalador del taxímetro y módulo luminoso.
- Comunicación municipal autorizando la sustitución para presentar en la estación ITV (tras instalar taxímetro y módulo luminoso).
Como finalización del trámite el solicitante aportará:
- Certificado de instalación del taxímetro en el vehículo nuevo.
Más Información
Información complementaria
Fundamento legal
- Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid.
https://www.boe.es/eli/es-md/l/1998/11/27/20/con - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
https://www.boe.es/eli/es/l/2015/10/01/39 - Ordenanza Reguladora del Taxi, de 28 de noviembre de 2012.
https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.5dd4485239c96e10f7a72106a8a409a0/?vgnextoid=00dd1186c996f710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=e81965dd72ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextfmt=default - Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de transporte público urbano en automóviles de turismo de la Comunidad de Madrid
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis, de 15 de diciembre de 1989
https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.5dd4485239c96e10f7a72106a8a409a0/?vgnextoid=0ef5d94a931d3810VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=e81965dd72ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextfmt=default
Entidad Gestora
Departamento Jurídico del Taxi. Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Con cita previa obligatoria
Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid
Para la tramitación presencial.