Subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares 2025 (CAMBIA 360)
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado “Más información – Tramitación"
Información
Descripción
Convocatoria para la adquisición de vehículos destinados a la renovación de vehículos particulares para la anualidad de 2025, cuyo objeto es aumentar la proporción de vehículos limpios en el parque circulante de la ciudad de Madrid y, adicionalmente, apoyará a los propietarios de los vehículos afectados por las restricciones recogidas en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, para que puedan acometer su renovación.
Se subvencionará la adquisición de vehículos automóviles tipo turismo (categoría M1), matriculados y sujetos pasivos del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la ciudad de Madrid, que estén destinados al servicio particular de personas físicas empadronadas en la ciudad de Madrid, que cuenten con la categoría de clasificación ambiental CERO emisiones, ECO y C, y el achatarramiento de vehículos de categoría de clasificación ambiental A (sin distintivo ambiental), que será, según el caso, requisito para acceder a la subvención o para incrementar el importe a percibir. Como alternativa a la baja definitiva voluntaria de vehículos con categoría de clasificación ambiental «A», servirá también para cumplir con el requisito la donación por parte de los beneficiarios de un vehículo con categoría de clasificación ambiental «A» o «B», para su entrega a afectados por la DANA.
Las solicitudes de ayuda se presentarán por medios electrónicos, a través de los concesionarios/puntos de venta adheridos, mediante la aplicación informática disponible al efecto en la página web: https://www.cambia360vehiculosparticulares.es/
¿A quién va dirigido?
Personas físicas mayores de edad, tengan residencia en el municipio de Madrid, y presenten la solicitud de ayuda aportando la documentación requerida.
Igualmente, podrán adquirir la condición de beneficiarias las personas menores de edad que tengan reconocida por el órgano competente una discapacidad por movilidad reducida, debiendo suscribir la solicitud de subvención en su representación una de las personas que ostenten su patria potestad o tutela.
Plazo
18/06/2025 - 17/07/2025
Requisitos
Requisitos
Son obligaciones de la persona beneficiaria las establecidas en el artículo 16 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones, y en concreto, las siguientes:
- Realizar la actividad subvencionable en los términos y en el período que se especifican en las bases de la convocatoria, aportando la documentación justificativa que a estos efectos establece el apartado 13.
- Haber abonado en el Ayuntamiento de Madrid el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) correspondiente al vehículo adquirido y, en su caso, al vehículo dado de baja definitiva, para su destrucción, o donado para su entrega a afectados por la DANA, o haber obtenido la exención del pago, en el momento de presentación de la justificación.
- Someterse a las actuaciones de comprobación que pudiera llevar a cabo la entidad colaboradora y, en su caso, a las actuaciones de control financiero que correspondan a la Intervención General del Ayuntamiento de Madrid en relación con las ayudas otorgadas.
- Destinar el vehículo adquirido, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.4 de la LGS, al uso particular de la persona beneficiaria durante un periodo de tiempo no inferior a dos años a contar desde la matriculación del vehículo.
Para más información, visite la página web: https://www.cambia360vehiculosparticulares.es/
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En Linea: A través del formulario disponible en "Tramitar en línea".
- Plazo de solicitud: se podrán solicitar a partir de las 10:00 del 18/06/2025 hasta las 23:59 horas del día 17/07/2025
Las solicitudes de ayuda se tramitarán íntegramente por medios telemáticos, mediante el formulario de solicitud disponible en el portal web: https://www.cambia360vehiculosparticulares.es/
Documentación
Documentación
La solicitud para participar se formalizará en el impreso normalizado específico para esta convocatoria que estará disponible en la plataforma web: https://www.cambia360vehiculosparticulares.es/
A este formulario se acompañará la siguiente documentación:
- Presupuesto detallado y aceptado, sin que sea necesario aportar tres presupuestos aun en el caso de que el importe del vehículo supere la cuantía de un contrato menor. Deberá reflejar al menos:nº de presupuesto; fecha de presupuesto y de su aceptación; IVA aplicable; datos de concesionario/punto de venta; marca y modelo del vehículo; nombre, apellidos, DNI/ NIE y domicilio completo de la persona solicitante.
El resto de la documentación necesaria se obtendrá mediante consulta a otras Administraciones Públicas o a otros organismos del Ayuntamiento de Madrid, previo consentimiento del interesado en el formulario.
Una vez aceptada la solicitud deberá presentarse la documentación técnica y económica justificativa de la adquisición del vehículo realizada conforme a lo especificado en la convocatoria.
Más Información
Tramitación
- Fase 1 convocatoria: publicación de las bases por las que se regirá la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia 360), correspondiente a la anualidad 2025. BOAM nº 9896 (10/06/2025)
Información complementaria
La adquisición de estos vehículos no podrá producirse con anterioridad al 10 de junio de 2025
Para más información:
- AECIM. Asociación de empresas del metal de Madrid
- c/Principe de Vergara 74, 28006 – MADRID
- Teléfono: 91 561 03 30
- E-mail: 360vehiculosparticulares@aecim.org
- WEB: https://www.cambia360vehiculosparticulares.es/
Fundamento legal
- Bases reguladoras previstas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (BOE número 276, de 18 de noviembre de 2003) y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE número 176, de 25 de julio de 2006)
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de octubre de 2013 (BOCM número 278, de 22 de noviembre de 2013)
- También se regula por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; (BOE número 236, de 2 de octubre de 2015), por las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, por las normas del Derecho Privado.
- Decreto de 5 de junio de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la adquisición de vehículos destinados a la renovación de vehículos particulares, correspondiente a la anualidad 2025. BOAM nº 9896 (10/06/2025)
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Urbanismo Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid - Dirección General Sostenibilidad y Control Ambiental