Devolución de garantías por el Ayuntamiento de Madrid
Información
Descripción
Acordada la devolución por el órgano competente será notificada a la persona interesada, procediéndose a la devolución una vez realizados los trámites administrativos necesarios para la ejecución de la resolución.
La devolución de las garantías constituidas en metálico o mediante cheque bancario o talón conformado, se realizarán siempre mediante transferencia bancaria al número de cuenta que haya sido dado de alta por el acreedor a través de la debida cumplimentación del documento "T" normalizado.
Actualmente, el procedimiento para la devolución de garantías constituidas mediante aval o certificado de seguro es el siguiente:
Una vez que la Unidad Técnica de Control de Garantías de la Intervención General comunique a los órganos gestores mediante correo electrónico que se ha procedido a emitir el correspondiente Mandamiento de pago, éstos comunicarán al interesado o depositante que puede proceder a solicitar la devolución efectiva de la misma a la Caja de la Tesorería.
Recibida la notificación del órgano gestor, el depositante solicitará por correo electrónico a la Caja de la Tesorería (dirección de correo electrónico tesoreriacaja@madrid.es) la devolución de la garantía facilitando un teléfono y una dirección de correo electrónico de contacto.
La Caja de la Tesorería, recibida la solicitud y efectuados los preceptivos trámites, elaborará el correspondiente certificado liberatorio que se remitirá por correo electrónico al interesado.
¿A quién va dirigido?
Persona física o jurídica que haya constituido una garantía ante el Ayuntamiento de Madrid, previo cumplimiento de las obligaciones o requisitos que exigieron la constitución de la misma.
Tramitar
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa