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Devolución de garantías por el Ayuntamiento de Madrid

Información

Descripción

Acordada la devolución por el órgano competente será notificada a la persona interesada, procediéndose a la devolución una vez realizados los trámites administrativos necesarios para la ejecución de la resolución.

La devolución de las garantías constituidas en metálico o mediante cheque bancario o talón conformado, se realizarán siempre mediante transferencia bancaria al número de cuenta que haya sido dado de alta por el acreedor a través de la debida cumplimentación del documento "T" normalizado

Actualmente, el procedimiento para la devolución de garantías constituidas mediante aval o certificado de seguro es el siguiente: 

Una vez que la Unidad Técnica de Control de Garantías de la Intervención General comunique a los órganos gestores mediante correo electrónico que se ha procedido a emitir el correspondiente Mandamiento de pago, éstos comunicarán al interesado o depositante que puede proceder a solicitar la devolución efectiva de la misma a la Caja de la Tesorería.

Recibida la notificación del órgano gestor, el depositante solicitará por correo electrónico a la Caja de la Tesorería (dirección de correo electrónico tesoreriacaja@madrid.es) la devolución de la garantía facilitando un teléfono y una dirección de correo electrónico de contacto.

La Caja de la Tesorería, recibida la solicitud y efectuados los preceptivos trámites,  elaborará el correspondiente certificado liberatorio que se remitirá por correo electrónico al interesado.

 

 

¿A quién va dirigido?

Persona física o jurídica que haya constituido una garantía ante el Ayuntamiento de Madrid, previo cumplimiento de las obligaciones o requisitos que exigieron la constitución de la misma.

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