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Convocatoria de selección de proyectos para la admisión a los servicios de La Nave

Plazo de presentación de solicitudes abierto

Información

Descripción

Convocatoria de proyectos para la admisión a los servicios de La Nave

 

 

¿A quién va dirigido?

Podrán presentar proyectos y ser admitidos como usuarios:

  1. Las personas físicas o jurídicas que sean promotoras de un proyecto tecnológico o innovador, siempre que su proyecto haya sido declarado apto conforme a las presentes bases.
    1. Las personas físicas o jurídicas premiadas en concursos de innovación y emprendimiento tecnológico o admitidas en programas de aceleración, siempre que el Ayuntamiento de Madrid participe ofreciendo a los ganadores su admisión en LA NAVE. 
    2. Dicha admisión se regulará por las normas propias de los concursos de innovación y emprendimiento tecnológico o programas de aceleración. 
    3. Siempre que la disponibilidad del servicio lo permita, podrán ser admitidos como usuarios los trabajadores contratados para el desarrollo de proyectos seleccionados.
    4.  Sin perjuicio de lo dispuesto en el anterior apartado c), en los casos en que el usuario sea una persona jurídica, ésta determinará las personas físicas que participarán en el desarrollo del proyecto admitido.
  2. Las personas físicas que participen en proyectos que sean admitidos serán considerados usuarios de LA NAVE, con los derechos y obligaciones recogidos en las condiciones de uso recogidas en el Anexo IV. 

 

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace `Registro Electrónico´ disponible en `Tramitar en línea´ (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
  • Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se trata de una convocatoria continua, por lo que el plazo de presentación está abierto.

Documentación

Documentación

Las personas físicas o jurídicas promotoras de los proyectos que soliciten una autorización de uso deberán presentar:

El formulario Ficha de Admisión, firmado por todos los promotores del proyecto. El contenido de la Ficha de Admisión dependerá del tipo de autorización solicitada: anexo II, para las autorizaciones de uso temporales; y anexo III, para las autorizaciones de uso estándar, disponible en el Boletin Oficial del Ayuntamiento de Madrid nº 8179 de 21 de junio de 2018

Más Información

Tramitación

Tipos de autorización de uso:

En función de la naturaleza del proyecto presentado, las autorizaciones de uso, implícitas en la resolución de la convocatoria, podrán ser:

  1.  Autorizaciones de uso temporal: para aquellos proyectos que precisen la utilización del espacio por un periodo máximo de dos meses.
  2. Autorizaciones de uso estándar: para aquellos proyectos que precisen la utilización del espacio por un periodo superior a dos meses. Esta autorización de uso estándar se reserva a aquellos proyectos que, según los criterios establecidos, realicen una contribución que permita conseguir el objetivo de fomentar un modelo de trabajo colaborativo, según lo previsto en el Reglamento de funcionamiento de LA NAVE.

 Plazo de duración de las autorizaciones.

  1.  El plazo máximo de duración de las autorizaciones de uso estará en función del tipo de autorización. Así: 
    1.  Las autorizaciones de uso temporal tendrán una duración máxima improrrogable de dos meses.
    2.  Las autorizaciones uso estándar tendrán una duración máxima de un año.

Estos plazos se computarán en días naturales.

  1.  Excepcionalmente, siempre que la disponibilidad del servicio lo permita, y atendiendo a las circunstancias especiales de cada proyecto, valoradas por el Ayuntamiento de Madrid, las autorizaciones de uso estándar podrán prorrogarse por una sola vez por un periodo igual al inicial, previa petición de los usuarios.
  2.  El plazo de las autorizaciones de uso que se concedan como consecuencia de un premio o programa de aceleración, será el que figure regulado en las bases del concurso o programa de aceleración. 

 

 

Información complementaria

Para mas información ver bases de la convocatoria.

Entidad Gestora

Dirección General de Innovación

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