Autorización para la circulación de vehículos de tracción animal por la calzada
Información
Descripción
De manera excepcional se podrá autorizar la circulación de vehículos de tracción animal por la calzada, previa petición mediante la expedición de la correspondiente autorización, en la que se indique el motivo que justifica la excepción, itinerario y horarios propuestos, y seguro de responsabilidad civil suscrito al efecto.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' y ‘Modelos de formularios'.
- Seguro de responsabilidad civil suscrito al efecto.
Más Información
Fundamento legal
Entidad Gestora
Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
Tramitar
En línea
Solicitud de autorización para la circulación de vehículos de tracción animal por la calzada
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Modelos de formularios