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Subvenciones para el fomento del asociacionismo 2026-2027

Del 08/01/2026 hasta 28/01/2026 Tramitar en línea
Cerrado el plazo de presentación de solicitudes

Información

Descripción

Subvenciones para el fomento del asociacionismo 2026-2027

A los efectos previstos en esta convocatoria se valorarán solamente aquellas solicitudes que se encuadren dentro de las siguientes modalidades: 

  • Modalidad “Proyectos”, dirigida a financiar proyectos bienales de fomento del asociacionismo que conlleven el fortalecimiento de las relaciones entre entidades o que faciliten las relaciones entre asociados; así como que impulsen la captación de nuevas personas socias de las entidades ciudadanas y proyectos que promuevan la implicación y la participación en la actividad municipal de las entidades ciudadanas (Eje 1). Asimismo, también va dirigida a promocionar proyectos bienales que promocionen la democracia participativa mediante una intervención centrada en la gestión y la mediación en conflictos de carácter comunitario  y en la difusión y sensibilización en valores en torno a la cultura del pacto, dotando a grupos activos de herramientas de mediación o la información, orientación, formación y capacitación para facilitar el acceso a la red básica de Servicios Municipales y otros servicios del entorno y la creación de redes asociativas y organización de actividades conjuntas con el Ayuntamiento de Madrid (Eje 2). 
  • ModalidadGastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”, destinada financiar gastos de mantenimiento, alquiler y desarrollo tecnológico para el funcionamiento de la sede social u otros espacios en los que las entidades ciudadanas desarrollen sus actividades habituales que se encuentren ubicados en el término municipal de Madrid.

Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado “Más información – Tramitación”

¿A quién va dirigido?

La convocatoria se dirige exclusivamente a federaciones, confederaciones, uniones de asociaciones de base y, en su caso, agrupaciones de entidades. También a asociaciones de base que promuevan la realización de actividades en Cañada Real Galiana y Cañada Real de Merinas, dentro del término municipal de Madrid. Todas las entidades deben estar inscritas en la sección 1ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid; así como en la categoría principal que corresponda en aquellos ámbitos de actuación que así lo exijan. En el caso de las federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de base además habrán de encontrarse inscritas como tales en los correspondientes registros públicos o depósitos de estatutos según su normativa de aplicación. 

Plazo

08/01/2026 - 28/01/2026

Importe

Cuantía de la convocatoria: 

El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en dos millones ochocientos sesenta mil euros (2.860.000 €) para las dos modalidades, de los cuales, un millón cuatrocientos treinta mil euros (1.430.000 €) corresponderán al ejercicio 2026 y un millón cuatrocientos treinta mil euros (1.430.000 €) corresponderán al ejercicio 2027, conforme a las cuantías que se establecen a continuación.

El importe total destinado a la modalidad de “Proyectos”, para cada uno de los dos años que comprende la convocatoria, será de un millón trescientos treinta mil euros (1.330.000 €), que se distribuirá entre los 6 ámbitos de actuación definidos en el apartado 4.a) de esta convocatoria de la siguiente forma:

a) Ámbito de actuación “Fortalecimiento”: 550.000 euros.

b) Ámbito de actuación “Cañada Real”: 100.000 euros.

c) Ámbito de actuación “Vecinal”: 180.000 euros.

d) Ámbito de actuación “Educativo”: 100.000 euros.

e) Ámbito de actuación “Mediación”: 200.000 euros.

f) Ámbito de actuación “Orientación”: 200.000 euros.

Por su parte, el importe total destinado a la modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”, para cada uno de los dos años que comprende la convocatoria, será de 100.000 euros.

 

Requisitos

Requisitos

Las entidades solicitantes de subvención deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, y mantener durante el período que disfruten de la condición de beneficiarias, los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en la sección 1ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid; así como en la categoría principal que corresponda en aquellos ámbitos de actuación que así lo exijan conforme a lo previsto en el apartado 5. En el caso de las federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de base además habrán de encontrarse inscritas como tales en los correspondientes registros públicos o depósitos de estatutos según su normativa de aplicación.

 b) Encontrarse al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

 c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.

 d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, de conformidad con lo determinado en el artículo 21 del RGS.

 e) Haber realizado la presentación de las cuentas justificativas, en plazo, de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Todo ello con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del RGS se hubiera realizado o no.

 f) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

 g) Aquellas entidades que tengan prevista la atención directa de menores de 18 años deberán ajustarse a las previsiones de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

En el caso de tratarse de una agrupación de entidades, se deberá atener a lo dispuesto en el apartado 9 de la convocatoria, debiendo designar entre las entidades que la conformen, una entidad que actuará en representación de la agrupación ante el Ayuntamiento de Madrid. Asimismo, las entidades que concurran a la convocatoria en agrupación formalizarán en documento privado un acuerdo de colaboración para la realización conjunta de la actividad subvencionada, suscrito por quien ostente la representación legal de cada una de las entidades que componen la agrupación.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
  • Plazo presentación instancias: 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 5 de 7 de enero de 2026.

Documentación

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios".  
  • Anexo I y/o anexo II, así como Anexo III en caso de tratarse de una agrupación por cada una de las entidades conformantes. Disponibles todos los Anexos  en "Modelos de formularios".
  • Documentación que se especifica en el apartado 10 de la presente convocatoria.

Más Información

Tramitación

  • Fase 1: Aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo BOAM número 10.038 de 7 de enero de 2026.
  • Fase 2: 
  • Fase 3

Información complementaria

Más información: ver bases completas de la convocatoria, en el apartado "Información relacionada".

Fundamento legal

  • Decreto de 18 de diciembre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento del asociacionismo para las anualidades 2026 y 2027.

  • Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, modificada el 31 de mayo de 2017.

 

Entidad Gestora

Dirección General de Participación Ciudadana

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