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Subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de juventud 2026-2027

Plazo abierto Del 13/05/2026 hasta 03/06/2026 Tramitar en línea

Información

Descripción

Se aconseja para más información consultar las bases de la convocatoria. A continuación, se relacióna un resumen de la misma:

Descripción


El objeto de esta convocatoria es regular las condiciones de concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, en materia de juventud.


El proyecto debe ir destinado a jóvenes de edades comprendidas entre los 14 y los 30 años.


A los efectos previstos en esta convocatoria, solo se valorarán aquellos proyectos que se encuadren dentro de los siguientes ámbitos materiales:


a) Prevención y eliminación de situaciones de riesgo de exclusión de los/as jóvenes, impulsando su formación y mejora de la empleabilidad mediante cursos, talleres y programas de acompañamiento sociolaboral.


b) Fomento del ocio saludable y alternativas de ocio y tiempo libre orientadas a prevenir situaciones de riesgo y vulnerabilidad social, junto con el desarrollo de acciones formativas y actividades específicas para reducir la brecha digital.

Solo se podrá elegir uno de los dos ámbitos materiales.

1. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que:

  • Promuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones, guías, jornadas, congresos y los que tengan por objeto la realización de obras para el desarrollo de las actividades necesarias para la ejecución de los proyectos.
  • En su presupuesto contemplen como subvencionables partidas económicas para la realización de obras o la adquisición de material inventariable.
  • Presenten actividades que sean discriminatorias por razón de sexo, orientación o identidad sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  • Tengan una coincidencia, ya sea parcial o total, en cuanto a los plazos, objetivos, actividades, contenidos o destinatarios con otros que figuren en el anexo de subvenciones nominativas de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid vigente en el momento de concesión.
  • No se encuadren en los objetivos a alcanzar del artículo 3 y cuya finalidad sea realizar o fomentar las actividades que se incluyan dentro de las competencias de otras Direcciones Generales del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad o de otras Áreas de Gobierno.
  • Aquellos proyectos para los que se solicite una subvención que supere la cuantía máxima establecida para cada ámbito material en el artículo 10.9 de la convocatoria y/o no cumplan la vigencia establecida en el artículo 18.

2. Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar un proyecto a la presente convocatoria. En el caso de presentar más de uno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de los presentados que haya tenido entrada en el Registro.


Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".

¿A quién va dirigido?

Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos en materia de juventud.

 

Plazo

13/05/2026 - 03/06/2026

Requisitos

Requisitos

Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los requisitos indicados en el artículo 4 de las bases de la convocatoria, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiarias

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda. En caso de no poder realizar la tramitación con certificado de representante de persona jurídica, puede acceder con certificado de persona física seleccionando la opción “Persona o entidad representante”.

 

  • Plazo de presentación de las solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será del 13 de mayo al 3 de junio de 2026. A partir del día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 111, de fecha 12 de mayo de 2026.

Documentación

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en “Tramitar en línea” (Registro electrónico). Deberá firmarse electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar en todos los documentos el nombre y firma del o de la representante legal de la entidad solicitante.
  • Anexo I y Anexo II, disponibles en “Modelos de formularios”
  • Documentación que debe acompañar la solicitud: La relacionada en el artículo 5 de la Convocatoria.

La información relativa al proyecto y su presupuesto contenida en la solicitud y en los Anexos debe ser coincidente.

La denominación de la entidad que figure en los estatutos es la que deberá indicarse en toda la documentación que se presente.

Los anexos complementarios aportados por la entidad irán identificados en un índice donde se detalle el contenido de cada uno. La documentación complementaria no podrá exceder de 50 hojas DIN A4

 

•Solicitud en formulario normalizado, disponible en “Tramitar en línea” (Registro electrónico). Deberá firmarse electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar en todos los documentos el nombre y firma del o de la representante legal de la entidad solicitante.•Anexo I y Anexo II, disponibles en “Modelos de formularios”•Documentación que debe acompañar la solicitud: La relacionada en el artículo 5 de la Convocatoria.La información relativa al proyecto y su presupuesto contenida en la solicitud y en los Anexos debe ser coincidente.La denominación de la entidad que figure en los estatutos es la que deberá indicarse en toda la documentación que se presente.Los anexos complementarios aportados por la entidad irán identificados en un índice donde se detalle el contenido de cada uno. La documentación complementaria no podrá exceder de 50 hojas DIN A4

 

Más Información

Tramitación

Fase 1 convocatoria: aprobación de la convocatoria pública de subvenciones 2026/2027 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, en materia de juventud. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 111, de 12 de mayo de 2026. Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid nº 10.124, de 12 de mayo de 2026.

Fase 2 propuesta de resolución provisional:

Fase 3 propuesta de resolución definitiva:

Fase 4 publicación de la resolución de la convocatoria:

 

Información complementaria

Estaremos a vuestra disposición para la resolución de dudas a través del siguiente correo electrónico: djuventud@madrid.es con el siguiente ASUNTO: Consulta y nombre de la entidad.

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado.

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