Criterios de valoración:
Las parcelas que han sido reservadas a organizaciones vecinales y sociales se adjudicarán por orden de puntuación según el baremo que se indica:
-
Hasta 10 puntos: 1 punto por cada año en el que la organización haya estado presente en el recinto ferial de San Isidro, dentro de los últimos 10 años (sin tener en cuenta el periodo de suspensión del recinto ferial).
-
10 puntos para aquellas organizaciones que tengan su domicilio social en el ámbito territorial del Distrito de Carabanchel.
-
Organizaciones que tengan su domicilio social en los siguientes barrios:
- San Isidro: 15 puntos.
- Opañel y Comillas: 10 puntos.
- Vista Alegre, Puerta Bonita y Abrantes: 6 puntos.
- Buenavista: 3 puntos.
- En el caso de que el número de solicitudes fuera menor que las parcelas ofertadas, se adjudicará directamente, sin necesidad de baremación.
- En caso de que exista empate en la puntuación, se otorgará la autorización atendiendo a la antigüedad de la entidad, teniendo en cuenta, a tal efecto, la fecha que figure en el documento de constitución presentado con su solicitud.
Únicamente se concederá una parcela por Organización Vecinal y Social.
Las autorizaciones serán revocadas cuando se incumplan los aspectos administrativos, técnicos, sanitarios o de consumo que se establecen para su concesión.
Asimismo, podrán ser revocadas cuando no se atienda a los requerimientos hechos por los Servicios Municipales y, en todo caso, si en el desarrollo de la actividad se producen, o se ampara, actitudes, comportamientos o cualquier forma de expresión, de índole racista, xenófoba, discriminatoria o que atente o denigre la dignidad de la persona.