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Subvenciones a entidades de carácter social que desarrollen proyectos para la formación y profesionalización en el sector de la hostelería 2022-2023

Del 19/07/2022 hasta 09/08/2022 Tramitar en línea

Información

Descripción

El objeto de la presente convocatoria es convocar para las anualidades 2022 y 2023, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una subvención a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para la puesta en marcha, implantación y desarrollo de un proyecto para la formación y profesionalización en el sector de hostelería, para personas empadronadas en los Distritos de Puente de Vallecas, Vallecas Villa, Latina, Carabanchel, Usera, Vicálvaro, Villaverde, Moratalaz y San Blas-Canillejas de la ciudad de Madrid,  dirigido a personas desempleadas y trabajadores por cuenta propia y ajena que precisen mejorar su cualificación y situación profesional, en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo del Sur Este de la ciudad.

¿A quién va dirigido?

Las entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que deseen participar en la convocatoria habrán de presentar un proyecto para la formación y profesionalización en el sector de la hostelería dirigido a personas desempleadas y trabajadoras que requieran mejorar su cualificación empadronadas en los Distritos de Puente de Vallecas, Vallecas Villa, Latina, Carabanchel, Usera, Vicálvaro, Villaverde, Moratalaz y San Blas-Canillejas.

Plazo

19/07/2022 - 09/08/2022

Requisitos

Requisitos

1. Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiarias:

a) Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro

b) Que sus fines y actividades sociales coincidan con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.

c) Desarrollar sus actividades o tener sede en el ámbito territorial de la ciudad de Madrid.

e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

f)  Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

g) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

h) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, RGS), se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

2. No podrán concurrir entidades cuyos fines, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres o resulten discriminatorios por razón de sexo.

3.  A efectos de la presente convocatoria tendrán la consideración de beneficiarias las entidades e instituciones sin ánimo de lucro.              

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Más Información

Tramitación

  • Fase 1 Convocatoria:
    • Publicado en BOAM de fecha 12 de julio de 2022, número 9178
    • Publicado en el BOCM de fecha 18 de julio de 2022, número 169
  • Fase 2 Propuesta de resolución provisional
    • Publicado en Sede y en madrid.es el 16/09/2022
  • Fase 3 Propuesta de resolución definitiva
    • Publicado en Sede y en Madrid.es el 28/10/2022

 

Información complementaria

1. Documentación que deberá acompañar a la solicitud.

a) Escritura pública de constitución o acta fundacional del solicitante, en su caso, con sus posibles modificaciones posteriores, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Oficial.

b) Certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de Seguridad Social y Agencia Tributaria de Madrid si no se ha autorizado su consulta por la Agencia de Empleo en la solicitud.

c) Solicitud de domiciliación bancaria (Documento normalizado "T" alta de pago por transferencia) debidamente cumplimentado. En el caso de personas jurídicas o entidades en general, además se deberá aportar Certificado del Banco en el que se indique el IBAN, el NIF y la razón social titular del mismo

d) Anexo I, “Memoria explicativa del proyecto”, debidamente cumplimentado.

2. Declaraciones responsables que deberá formular el solicitante

a) Declaración de quien ostente la representación legal de la, entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que ésta no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

b) Declaración de quien ostente la representación legal de la empresa, entidad o institución solicitante, haciendo constar que no tiene pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.

c)  Declaración de que la documentación que se presenta con la solicitud y con cualquier otro trámite asociado al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación, es una copia idéntica del documento original y que los datos contenidos son ciertos Las referidas declaraciones se suscribirán en la propia solicitud.

Entidad Gestora

Agencia para el Empleo de Madrid

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