Subvenciones a centros educativos del distrito de Usera para proyectos de complemento y mejora del servicio educativo 2024
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Información
Descripción
El distrito de Usera, a través de su Departamento de Educación, tiene entre sus objetivos prioritarios colaborar y apoyar las medidas que redunden en mejorar la calidad de la respuesta educativa que los centros educativos ofrecen a sus alumnas y alumnos. El fin último, por tanto, de esta convocatoria es colaborar con los citados centros educativos enriqueciendo la calidad de la educación, mediante la implantación de proyectos relacionados con la mejora de la convivencia en la comunidad educativa, las actividades artísticas, tecnológicas, de respeto del medio ambiente, de participación, etc., que ayudarían a compensar los déficits educativos y las carencias que el distrito de Usera presenta en su población escolar, debido a la alta vulnerabilidad social, cultural y económica de gran parte de la
población.
¿A quién va dirigido?
Centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del distrito de Usera para la realización de proyectos a desarrollar durante el curso 2024-2025.
Plazo
25/04/2024 - 20/05/2024
Requisitos
Requisitos
- Los proyectos propuestos se realizarán durante el curso escolar 2024-2025, es decir, entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de julio de 2025.
- Los proyectos objeto de subvención podrán abordar alguno de los siguientes aspectos:
- Convivencia
- Brecha digital
- Artes escénicas (taller de teatro, expresión corporal, proyecto de danza…)
- Artes musicales (aprendizaje musical, coro…)
- Educación en valores y participación social
- Atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
- Nuevas tecnologías
- Actividades deportivas
- Actividades complementarias de enriquecimiento para alumnos de alto rendimiento
- Apoyos complementarios en idiomas y áreas instrumentales básicas
- Convivencia entre culturas
- Cuidado del medio ambiente
- Juegos tradicionales
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El contenido mínimo de los proyectos se presentará necesariamente en torno a un índice con los siguientes apartados:
- Título del proyecto
- Materias de trabajo
- Etapa, ciclo, grado o nivel de enseñanza de los alumnos destinatarios
- Número de participantes, incluyendo profesorado, alumnado y otros miembros de la comunidad educativa. En relación con el profesorado participante se indicará el número, así como su porcentaje con relación al claustro.
- Objetivos que se pretenden, contenidos, actividades, estrategias metodológicas y
competencias básicas, en su caso. - Diagnóstico o punto de partida e informe de la necesidad de introducir procesos de mejora en los elementos que desarrolla el proyecto.
- Planificación, en la que se especificarán las fases previstas para su desarrollo y duración de las mismas.
- Presupuesto, estimado y desglosado, de los gastos que se prevean para la realización del proyecto. Solo serán tenidos en cuenta los gastos en los que se justifique su relación directa con el proyecto.
- Criterios y proceso de evaluación previsto.
- Difusión de las actividades objeto del proyecto subvencionado
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
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En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
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Plazo: del 25 de abril al 20 de mayo, (quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto del anuncio en el BOCM nº de 97 de 24 de abril de 2024)
Documentación
Documentación
Se presentará una solicitud por cada proyecto, y se aceptará un máximo de dos proyectos por centro educativo. Los proyectos que excedan de este número, atendiendo al número de registro de entrada, se tendrán por no presentados.
- Solicitud disponible en el apartado 'Tramitar en Línea'
- Proyecto que se va a realizar, el cual deberá reunir los requisitos indicados en el artículo 5 apartado 2 de las presentes bases.
- Presupuesto detallado de los gastos que se van a ejecutar y con los que posteriormente se justificará la ayuda concedida, totalizando el importe a que asciende la solicitud de subvención propuesta.
Más Información
Tramitación
- Fase 1 convocatoria: BOAM número 9.616 de 19 de abril de 2024
- Fase 2 desistimiento de solicitudes: BOAM 9.658 de 21 de junio de 2024; BOAM 9.666 de 3 de julio de 2024.
- Fase 3 propuesta de resolución: Publicado en sede el 10 de julio de 2024
- Fase 4 resolución definitiva: BOAM 9.690 de 7 de agosto de 2024.
Información complementaria
Más información: ver bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada- Otros contenidos"
Fundamento legal
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I a III del título I. Artículos 22-34.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artículos 55-66.
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Capítulo III. Artículos 23-30
Entidad Gestora
Distrito de Usera del Ayuntamiento de Madrid