Ayudas al estudio para personas desempleadas que realicen acciones formativas 2024
Información
Descripción
Esta convocatoria plantea como objetivo incentivar la participación de personas desempleadas, en las acciones formativas de la Agencia con el objetivo de proporcionales un conjunto de competencias profesionales que les capaciten para el desempeño de una actividad laboral, coadyuvando así en minimizar los obstáculos que impiden a las participantes finalizar con éxito la formación recibida y por tanto, adquirir los conocimientos.
¿A quién va dirigido?
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones los participantes en las acciones formativas definidas en el apartado primero de esta convocatoria
Importe
La cuantía de la ayuda por hora lectiva de formación acreditada es de:
- 2 euros por hora, para aquellos alumnos que cursen acciones formativas entre 60 y 250 horas lectivas de duración.
- 3 euros por hora, para aquellos que cursen acciones formativas de más de 250 horas de formación.
El importe máximo a percibir por persona será de mil euros (1.000 €) para el conjunto de la presente convocatoria,
Sobre la cantidad resultante se efectuará una retención del 2% a cuenta del IRPF.
Se becarán acciones formativas individuales, no pudiéndose acumular las horas de formación realizadas en varias acciones formativas diferentes organizadas o impulsadas por la Agencia para el Empleo del Ayuntamiento de Madrid.
Requisitos
Requisitos
- Haber obtenido calificación de apto/a en la acción formativa.
- Estar en situación de desempleo a fecha de inicio de la acción formativa.
- Estar empadronado/a en la ciudad de Madrid a fecha de inicio de la acción formativa. Este requisito se excluye para personas que pertenezcan a colectivos, que, por prevención y para garantizar la asistencia y protección de las personas afectadas, se aplique una normativa especÍfica al respecto o se excepcionen específicamente en la resolución de aprobación de la acción formativa
- Serán objeto de la presente convocatoria, cualquiera que sea su modalidad de impartición, con una duración lectiva de, al menos, 60 horas las acciones formativas previstas en el anexo de esta convocatoria, finalizadas en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024, ambos inclusive y en cuya resolución de aprobación así esté indicado.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Presencialmente: en la oficina de registro situada en Paseo de los Pontones, 10 o en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Mediante las demás formas previstas en el artículo 38 de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, de 26 de febrero de 2019
Más Información
Tramitación
Fase 1 Convocatoria:
- Publicado en BOCM de fecha 5 de julio de 2024, número 159
- Publicado en el BOAM de fecha 3 de julio de 2024, número 9666
Fase 2 Resolución definitiva convocatoria:
- Publicado en Sede Electrónica y Madrid.es el 17 de julio de 2024
Fase 3 Propuesta de resolución provisional:
- Publicado en Sede Electrónica y Madrid.es el 11 de septiembre de 2024
Fase 4 Resolución definitiva Becas D Lote 1 a 10 y 13 a 15
- Publicado en Sede Electrónica y Madrid.es el 11 de diciembre de 2024
Fase 5 Resolución definitiva Becas O Lote 1 a 3
- Publicado en Sede Electrónica y Madrid.es el 12 de diciembre de 2024
Fase 6 Resolución definitiva Becas O Lote 5 a 7
- Publicado en Sede Electrónica y Madrid.es el 18 de diciembre de 2024
Fase 7 Resolución definitiva Becas O Lote 9
- Publicado en Sede Electrónica y Madrid.es el 20 de diciembre de 2024
Información complementaria
- Se deberá cumplimentar una solicitud por cada acción formativa finalizada, indicando el código y denominación de la misma, así como el número de horas de duración.
- Se deberá completar la cuenta bancaria donde se realizará el abono de la ayuda. Así mismo se deberá aportar, junto a la solicitud, un certificado de titularidad bancaria donde se compruebe la titularidad y el número de cuenta bancaria.
- Se deberá declarar responsablemente que el solicitante no es perceptor de ninguna otra ayuda pública con la misma finalidad.
Entidad Gestora
Agencia para el Empleo de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
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