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Subvenciones para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil 2023

Del 10/01/2023 hasta 30/01/2023 Tramitar
CERRADO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES EL 30 DE ENERO DE 2023

Información

Descripción

El Ayuntamiento de Madrid ha publicado, con fecha 9 de enero de 2023, la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil 2023.

Esta convocatoria se enmarca dentro del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía 2023-2025 en la línea 8 “Fomento de la colaboración con entidades del tercer sector”, que persigue el fomento de las actividades de colaboración con el tercer sector, promoviendo la participación de la ciudadanía y de las entidades sin ánimo de lucro con el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos para la consecución de fines de interés común y supone la implementación de la acción “Convocatoria para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil” .

La convocatoria se articula en tres ámbitos de actuación:

a) Fomento del ocio saludable. Este ámbito tiene como finalidad fomentar el ocio saludable como vía de prevención de conductas adictivas en la población juvenil mediante la promoción de la participación y el asociacionismo.

b) Formación y apoyo. Este ámbito tiene como finalidad promover proyectos de formación y apoyo que favorezcan el desarrollo de capacidades, autonomía y empleabilidad futura de los jóvenes en situación de vulnerabilidad.

c) Colaboración intergeneracional. Este ámbito tiene como finalidad la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario en la ciudad de Madrid mediante la implicación de la población infantil y juvenil en actividades destinadas a paliar y prevenir las consecuencias económicas y sociales de la crisis sobre los sectores más vulnerables de la población, en particular lspersonas de la tercera edad.

Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado “Más información – Tramitación”.

 

¿A quién va dirigido?

En el ámbito Fomento del ocio saludable podrán presentar proyectos las federaciones, confederaciones, uniones de asociaciones de base y fundaciones inscritas en las categorías 5 (vecinales), 8 (infantiles), 9 (juveniles) y 15 (de salud y apoyo mutuo) del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos, así como las agrupaciones de entidades a que se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de17de noviembre, General de Subvenciones  (LGS) y el artículo 13.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (OBRGS)  cuando la entidad que haya sido designada por sus integrantes para actuar en representación de la agrupación esté inscrita en alguna de las citadas categorías.

En el ámbito  Formación y apoyo  podrán presentar proyectos las asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de base y fundaciones inscritas en la categoría 9 (juveniles) del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos, así como las agrupaciones de entidades a que se refiere el artículo 11.3 de la LGS  y el artículo 13.3 de la OBRGS cuando la entidad que haya sido designada por sus integrantes para actuar en representación de la agrupación esté inscrita en alguna de las citadas categorías.

En el ámbito Colaboración intergeneracional podrán presentar proyectos las asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de base y fundaciones inscritas en las categorías 4 (personas mayores, jubiladas y pensionistas), 8 (infantiles), y 9 (juveniles) del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos, así como las agrupaciones de entidades a que se refiere el artículo 11.3 de la LGS  y el artículo 13.3 de la OBRGS  cuando la entidad que haya sido designada por sus integrantes para actuar en representación de la agrupación esté inscrita en alguna de las citadas categorías.

 

Plazo

10/01/2023 - 30/01/2023

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