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Subvenciones de Fomento del Asociacionismo del Distrito de Fuencarral-El Pardo 2024

Del 18/06/2024 hasta 08/07/2024 Tramitar en línea
Publicada Resolución de la convocatoria

Ver apartado "Información relacionada".

Información

Descripción

La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la
democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto
funcionamiento durante el año 2024, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se
puedan derivar de la situación económica y social actual.

Para ello, a través de la presente convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta a los requerimientos derivados de la situación económica y social actual, fortalecer la capacidad de adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a que la población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.

A través de esta convocatoria, las entidades podrán optar a la concesión de subvenciones
de acuerdo con las siguientes modalidades:

  • Modalidad de "Proyectos".
  • Modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios".

¿A quién va dirigido?

La presente convocatoria se enmarca en la línea de subvención 1 del PES, dirigida a apoyar
a entidades ciudadanas que desarrollen proyectos que promocionen el asociacionismo y la
democracia participativa, así como a sufragar sus gastos de mantenimiento, alquiler de desarrollo
tecnológico y adquisición de mobiliario y equipamiento para el funcionamiento de las mismas.

Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Fuencarral - El Pardo y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.

Plazo

18/06/2024 - 08/07/2024

Requisitos

Requisitos

1. Las entidades ciudadanas solicitantes de subvención con cargo a la presente convocatoria
deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes
requisitos:

  • Estar inscritas en la sección 1.ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y tener su sede social en este distrito.
  • Encontrarse al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Haber realizado la presentación de las cuentas justificativas, en plazo, de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Todo ello con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del RGS se hubiera realizado o no.
  • No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 13.3 de laLGS, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.
  • Aquellas entidades que tengan prevista la atención directa de menores de 18 años deberán ajustarse a las previsiones de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

2. Las subvenciones obtenidas en el marco de esta convocatoria serán incompatibles con otras
fuentes de financiación públicas.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace `Registro Electrónico´ disponible en `Tramitar en línea´ (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda

  • El plazo de presentación de solicitudes será del 18 de junio al 08 de julio(15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de las convocatorias en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de laLGS. BOCM número 9.654 de 17 de junio de 2024.

Documentación

Documentación

Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico).

  • Anexo I (para la modalidad de"Proyectos")
  • Anexo II (para la modalidad "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios")

En el supuesto de solicitar ambas modalidades de subvención, la entidad presentará una única solicitud, acompañada de los anexos I y II.

La solicitud de subvención y los anexos deberán firmarse electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar en todos los documentos el nombre y firma del representante legal de la entidad solicitante.

Documentación que deberá acompañar a la solicitud:

  • Documentación que se especifica en el artículo 10 de la presente convocatoria.

Más Información

Tramitación

  • Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por la que se regirá la convocatoria de subvenciones de Fomento del Asociacionismo de este distrito. BOAM nº 9654 de 17 de junio de 2024
  • Fase 2 propuesta de resolución provisional: publicada en sede electrónica el 7 de octubre de 2024.

  • Fase 3 propuesta de resolución definitiva: publicada en sede electrónica el 15 de noviembre de 2024. Publicada Modificación en sede electrónica el 05 de diciembre de 2024.

  • Fase 4 resolución definitiva: BOAM nº 9.782 de 18 de diciembre de 2024.

 

Información complementaria

Para mas información: Ver bases de la convocatoria en "Información relacionada - Otros contenidos"

Fundamento legal

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I a III del título I. Artículos 22-34.

  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artículos 55-66.

  • Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Capítulo III. Artículos 23-30.
  • Reglamento del Consejo Sectorial de Asociaciones y Otras Entidades Ciudadanas, de 24 de abril de 2018.

  • Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004. Capítulo II del título III. Artículos 35-52.

Entidad Gestora

Distrito de Fuencarral-El Pardo del Ayuntamiento de Madrid

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