Residencia municipal para mayores
Información
Descripción
Equipamiento social que ofrece alojamiento y atención especializada a aquellas personas mayores que por su situación familiar, económica y social, así como por sus limitaciones de automía personal, no pueden ser atendidas en sus domicilios.
Se puede consultar la lista de espera en el apartado 'Información relacionada – Otros contenidos'.
¿A quién va dirigido?
Personas mayores que presenten una situación socio-familiar y limitaciones en su autonomía personal, que le impidan seguir viviendo en su domicilio.
Importe
Ver precios de los servicios en el apartado 'Información relacionada – Otros contenidos'.
Requisitos
Requisitos
- Requisitos generales:
Tener nacionalidad española, ser nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o tener residencia legal en España.
Estar empadronada en el municipio de Madrid en la fecha de la presentación de la solicitud. Cuando se trate de personas mayores que residan con familiares hasta seis meses al año será requisito suficiente que los familiares estén empadronadas en el municipio de Madrid.
No encontrarse afectadas por el régimen de incompatibilidades previsto en la Ordenanza 10/2022, de 28 de junio.
Haber obtenido, por aplicación de los baremos de valoración, la puntuación mínima exigida.
Haber solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia.
Acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos.
- Requisitos específicos:
Tener cumplidos 65 años y estar afectado por un deterioro físico o relacional que haga aconsejable su atención en un centro residencial. Podrá adquirir la condición de residente, el cónyuge o pareja de hecho, registrada conforme a la Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid, siempre que tenga cumplidos 60 años.
No haber rechazado una plaza en cualquiera de las residencias de la Comunidad de Madrid.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
- Presencialmente: en los Centros Municipales de Servicios Sociales del Distrito Municipal donde esté empadronado el solicitante, con cita previa obligatoria.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro Electrónico) y ‘Modelos de formularios'
- Declaración de la Renta o certificación negativa de la Agencia Tributaria.
- Fotocopia de la pensión u otros ingresos económicos, tanto de naturaleza pública como privada.
- Informe médico.
- Informe social (a emitir por el trabajador social municipal).
Más Información
Tramitación
- Presentación de la solicitud y documentación correspondiente en el Centro de Servicios Sociales del distrito municipal donde esté empadronado el solicitante.
- Estudio y Baremación del expediente.
- Incorporación a la lista de espera, según la puntuación obtenida.
- Comunicación de concesión de plaza (en el caso de plazas libres) al solicitante.
Fundamento legal
- Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Artículos 22, 24.1.2 y 91.
- Ordenanza 10/2022, de 28 de junio, reguladora del servicio de ayuda a domicilio para personas mayores y personas con discapacidad y de los servicios de centros de día, residencias y apartamentos para personas mayores y de los centros municipales de Atención Integral Neurocognitiva. Artículos 3 y 5.
- Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, de fecha 15 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los Servicios de Atención a Personas Mayores, para el año 2024.
Entidad Gestora
Dirección General de Mayores y Prevención de la Soledad No Deseada