Saltar navegación

Registro en el sistema Clave

Información

Descripción

Cl@ve es un sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos. Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante las Administraciones Públicas mediante claves concertadas (Cl@ve PINCl@ve Permanente y Cl@ve Móvil), sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios. Cl@ve complementa los sistemas de acceso mediante DNI-e y certificado electrónico.

El Ayuntamiento de Madrid está constituido como Oficina de Registro de Cl@ve a través de las Oficinas de asistencia en materia de registro, donde se incluyen las Oficinas de Atención a la Ciudadanía-Línea Madrid, prestando los siguientes servicios presenciales:

  • Alta y modificación de datos (correo electrónico y teléfono).
  • Subida de nivel de seguridad.
  • Reactivación de código.
  • Renuncia al sistema Cl@ve.
  • Revocación del certificado.
  • Renovar registro de nivel alto para cl@ve firma.

 El Ayuntamiento admite este sistema para la presentación de solicitudes en el Registro o el acceso a Mi Carpeta.

 

¿A quién va dirigido?

Cualquier persona física.

Requisitos

Requisitos

  • Es obligatoria la presencia de la persona interesada, aunque sea menor de edad.
  • No se admite ningún tipo de representación (ni con poder notarial).
  • No se admite el registro de personas con incapacidad judicial.
  • Disponer de número de teléfono móvil.

 

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

 

Documentación

Documentación

La persona solicitante debe acreditar previamente su identidad cuando acuda a una Oficina de Registro de Cl@ve:

  • Ciudadanos españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor.
  • Ciudadanos extranjeros con NIE
    • Certificado de registro de ciudadano de la UE, tarjeta de identidad de extranjero o permiso de residencia, en vigor y además

    • Pasaporte en vigor (si eres ciudadano de la UE, también puedes identificarte con el documento de identidad del país de origen en vigor, en lugar del pasaporte).

  • Menores de edad (deberán ir acompañados del padre, madre o tutor legal): se deberá aportar o exhibir:
    • la documentación del padre, madre o tutor legal que realice la solicitud en nombre del menor de edad:
      • que justifique la identificación, de acuerdo con las normas establecidas en el punto anterior
      • que justifique la patria potestad: Libro de Familia o documento expedido por el Registro Civil al efecto, resolución judicial de nombramiento de tutor, etc.
    • Al menor se le solicitará su DNI en vigor o documentación legalmente establecida en caso de ser extranjero.
Subir Bajar