Denuncias por vulneración de las normas de seguridad contra incendios
Información
Descripción
- En caso de vulneración de la normativa vigente en materia de seguridad, cualquier persona que se considere afectada podrá denunciar la supuesta infracción. Si se comprueba la mala fe de la persona denunciante se le impondrá la sanción correspondiente.
- La propiedad o usuarios de los edificios o actividades deberán facilitar la documentación que se pudiera requerir, o en su caso, permitir visita de inspección y las comprobaciones que se estimen necesarias.
- Emitido el informe, si fuera necesario, se comunicará a la persona interesada las deficiencias a corregir en un plazo determinado.
- Si se apreciara la existencia de una situación de peligro inminente, el/la titular de la actividad debe suspender su funcionamiento.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
Presencialmente: en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Documentación
Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'
Más Información
Fundamento legal
Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamentos de la Comunidad de Madrid
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias