Aplazamiento o fraccionamiento de pago de deudas gestionadas por Madrid Salud
Información
Descripción
Solicitud de aplazamiento por un año, o fraccionamiento por un periodo máximo de 24 meses, con la periodicidad que en cada supuesto se determine por la Administración Municipal, quien podrá apartarse de la propuesta formulada por el/la interesado/a en su solicitud.
¿A quién va dirigido?
El/la obligado/a al pago de la deuda.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
- Presencialmente: preferentemente en el registro de Madrid Salud, en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
(*) No olvide consignar la orden de domiciliación bancaria indicando el número de cuenta del cliente (IBAN) y los datos identificativos de la entidad de crédito o de depósito que deba efectuar el cargo en cuenta, exigiéndose que el/la obligado/a al pago sea el/la titular de la cuenta en que se domicilie el mismo donde se domiciliarán los cargos, y no olvide firmar la instancia.
Plazo:
Las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago de deudas en periodo voluntario podrán presentarse hasta el día en que finalice éste.
Pago
Pago
En caso de concesión del aplazamiento / fraccionamiento, se procederá a diferentes cargos en la cuenta bancaria designada por el/la obligado/a al pago.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
- Para deudas de 30.000 euros o de importe superior, aval solidario o certificación de caución.
Más Información
Tramitación
Por el Organismo Madrid Salud
Información complementaria
Teléfonos de contacto: 915 889 361/ 915 885 583/ 915 884 607
correo electrónico msingresos@madrid.es
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria. BOE número 302, de 18 diciembre 2003.
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio. BOE número 210 de 2 septiembre 2005.
- Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Madrid. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 26 septiembre 2012. BOCM. número 242 de 10 octubre 2012.
Entidad Gestora
Subdirección General Económico Administrativa del Organismo Autónomo Madrid Salud * Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Oficina de Asistencia en Materia de Registro. Madrid Salud