Ocupación de la vía pública por vallas, andamios y otros
Información
Descripción
Autorización para la ocupación temporal de la vía pública por vallas, andamios, casetas, grúas, etc, en vía pública.
Para solicitudes de ocupación por horas o para ocupaciones que impliquen el corte de circulación de la vía o el corte de uno de los sentidos de circulación al completo diríjase al trámite Ocupación temporal de la vía pública por obras, trabajos o utilización de vehículos especiales.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: a través del enlace disponible en el apartado "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica).
Documentación
Documentación
- Solicitud accediendo al "Sistema de Licencias Municipales SLIM" a través del enlace disponible en el apartado "Tramitar el línea".
- Plano a escala adecuada en el que señalarán los bordillos, arbolado, vados, pasos de peatones, mobiliario urbano, etc. En este plano se señalará, acotará e indicará la superficie de la ocupación, y se justificará el cumplimiento de Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías públicas por Realización de Obras y Trabajos, y de la normativa de accesibilidad.
- En el caso de que ocupación por andamio o plataforma elevadora: Dirección Facultativa del montaje y desmontaje suscrita por técnico competente. Será obligatoria en los supuestos previstos en el apartado 4.3.3 del Anexo II del RD 1215/1997 de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
- Justificación del cumplimiento de la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.
- Fotografías de la vía pública en ambos sentidos, en las que se aprecien ocupaciones próximas.
Documentación adicional para la instalación de grúas:
- Plano de la ubicación de la grúa, con las áreas de barrido de la pluma, firmado por el técnico que ostente la dirección facultativa de la misma.
- Contrato de seguro y certificado de la compañía con cobertura total de cualquier género de accidentes que pudieran producirse durante el montaje, funcionamiento, desmontaje y su estancia en obra, por una cuantía mínima de trescientos mil euros.
- Dirección facultativa de instalación y funcionamiento de la grúa durante el transcurso y hasta la paralización de las obras o su desmontaje, expedida por técnico competente. En dicha dirección facultativa deberá hacerse mención expresa al cumplimiento de las normas establecidas por la instrucción técnica complementaria MIEAEM2 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención referente a grúas torre desmontables para obras.
Más Información
Fundamento legal
Entidad Gestora
Dirección General de la Edificación, Agencia de Actividades, Distritos o Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, en función de sus competencias.