Autorización demanial de la zona B del recinto ferial de la calle Ayerbe durante las fiestas patronales del Distrito de Barajas 2026
Información
Descripción
El objeto de las presentes bases es establecer las condiciones y criterios específicos que rigen la autorización demanial de la Zona B del Recinto Ferial de la calle Ayerbe, mediante atracciones de feria, puestos de venta de productos, tómbolas o similar todas ellas instalaciones desmontables con motivo de las Fiestas Patronales Nuestra Señora de la Soledad 2026.
¿A quién va dirigido?
Podrán concurrir a esta autorización entidades cuyo objeto social recoja el objeto de la presente convocatoria legalmente constituidas de conformidad con la vigente legislación.
Plazo
29/04/2026 - 13/05/2026
Requisitos
Requisitos
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Entidades cuyo objeto social recoja el objeto de la presente convocatoria legalmente constituidas de conformidad con la vigente legislación.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Formulario Instancia General Normalizada (en línea)' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
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Plazo: del 28 de abril al 13 de mayo de 2026 (15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid BOAM nº 10115 de 28 de abril de 2026).
Documentación
Documentación
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Solicitud en formulario de instancia general, disponible en "Tramitar en línea".
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Copia del DNI del representante legal de la entidad solicitante.
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Copia de los estatutos fundacionales de la entidad solicitante, así como las posibles escrituras de adaptación y/o modificación más recientes.
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Anexo 1- Declaración Responsable, debidamente cumplimentada y firmada por el representante legal de la entidad.
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Anexo 2 - Memoria sobre capacidad económica y técnica, debidamente cumplimentado y firmado por el representante legal de la entidad solicitante.
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Anexo 3 – Proposición económica, debidamente cumplimentado y firmado por el representante legal de la entidad adjuntando una relación de las instalaciones que componen el proyecto.
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En caso de que el proyecto contemple propuesta de puestos de elaboración de comidas y/o bebidas u otros productos deberá presentar Anexo 4 – Declaración responsable del titular de puestos venta de productos de alimentación y/o bebidas, debidamente cumplimentado y firmado.
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Anexo 5 – Declaración responsable del titular de las instalaciones y atracciones feriales mecánicas y no mecánicas, debidamente cumplimentado y firmado.
Todos los anexos están disponibles en la publicación de las bases completas de la convocatoria en "Información relacionada - Otros contenidos".
Más Información
Información complementaria
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La presente autorización se concede durante los 5 días comprendidos entre el jueves 10 y lunes 14 de septiembre de 2026, ambos incluidos, por lo que la parcela ocupada deberá quedar libre de instalaciones y situados como máximo a las 22:00 horas del martes 15 de septiembre de 2026.
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Se autorizará la ocupación del recinto para instalación y montaje con 3 días de antelación al periodo de funcionamiento, es decir el lunes día 7 de septiembre, pudiéndose desarrollar dichos trabajos única y exclusivamente entre las 9:00 y 22:00 horas.
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Respecto al inicio del montaje será indispensable con carácter previo, la obtención del conforme respecto de la documentación aportada por parte del Servicio Jurídico y del Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana del Distrito.
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De igual modo será necesario el informe favorable sobre el funcionamiento del Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana del Distrito con independencia del momento de formalización de la autorización demanial.
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Para obtener tanto el conforme como el informe favorable sobre el funcionamiento se exigirá la documentación técnica y jurídica que se establece en los apartados correspondientes recogidos en las presentes bases, siendo necesaria su presentación telemática ante este Distrito con una antelación mínima de 20 días a la fecha de inicio del citado montaje (7 de septiembre).
- De no ser así, no se podrá garantizar el montaje y/o su puesta en funcionamiento de las atracciones con anterioridad a la celebración de las fiestas.
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Con objeto de cubrir los riesgos de incumplimiento de las obligaciones derivadas de la autorización, el adjudicatario deberá constituir, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales una garantía por importe del 3% del valor del dominio público ocupado que asciende a 131.807,64 euros y que podrá ser prestada en metálico y/o aval bancario, equivalente a 3.954,23 euros.
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Por otra parte, dicha garantía, no podrá retirarse por el adjudicatario, hasta que no sea verificado por la Junta Municipal de Distrito de Barajas, el cumplimiento de la obligación del abono de los gastos correspondientes a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) recogidos en la aportaciones en especie del apartado Contraprestación.
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La autorización podrá ser revocada unilateralmente por razones de interés público en los supuestos previstos en el artículo 92.4 de la LPAP.
Mas información: ver bases completas de la convocatoria en "Información relacionada - Otros contenidos"
Entidad Gestora
Distrito de Barajas del Ayuntamiento de Madrid