Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en el Ayuntamiento de Madrid
Información
Descripción
A través del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones todas las personas físicas y jurídicas pueden presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid, reclamaciones por deficiencias, tardanzas, desatenciones, incidencias no atendidas o cualquier otra anomalía en el funcionamiento de los servicios municipales, y también felicitaciones por la correcta prestación de los servicios y por la actuación de los empleados municipales.
En el ámbito tributario, se podrán presentar sugerencias, reclamaciones, felicitaciones y peticiones de información relacionadas directa o indirectamente con los tributos y precios públicos municipales.
No tendrán, en ningún caso, la calificación de recurso administrativo ni su presentación suspenderá o interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente.
Su presentación no condiciona el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.
Requisitos
Requisitos
Contendrán los datos que permitan la identificación y localización del solicitante para poder darle respuesta y el objeto de su sugerencia y reclamación, felicitación y, en su caso, petición e información (de carácter tributario).
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea:
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realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
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realizando la solicitud sin identificación electrónica: a través del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento.
- Por teléfono: A través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 914 800 010, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante.
- Presencialmente: en los registros de las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid, en el resto de las Oficinas del Registro municipal, en los registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Documentación
Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
Más Información
Información complementaria
- Respuesta al solicitante
Se procurará responder dentro de los 20 días siguientes a la presentación de la sugerencia o reclamación.
El plazo de respuesta no podrá, en ningún caso, ser superior a 2 meses.
El solicitante podrá consultar el estado de tramitación de la sugerencia o reclamación presentada introduciendo el número de referencia de la solicitud y, o bien el documento de identificación si lo facilitó al presentarla, o bien la dirección de correo electrónico.
Fundamento legal
- Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, aprobada en Pleno el 26 de febrero de 2019 y publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 11 de marzo de 2019.
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Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía.
Entidad Gestora
Subdirección General de Calidad y Evaluación
Tramitar
Teléfono
010 ( 34 914 800 010 desde fuera de Madrid)